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Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y EmergenciasExpediente: PSS/2026/0000053699Comprobada en la Plataforma de Contratación:

servicio de Organización «llave en mano» del Comité Ejecutivo de la ARFE y de la reunión «fuera de sede» de la Comisión COTER a celebrar en Cáceres entre los días 16 y 18 de septiembre de 2026.

Información sobre la licitación servicio de Organización «llave en mano» del Comité Ejecutivo de la ARFE y de la reunión «fuera de sede» de la Comisión COTER a celebrar en Cáceres entre los días 16 y 18 de septiembre de 2026 de Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias. Puedes consultar otras licitaciones de Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, del CPV 79950000 o en Cáceres.

Organismo contratante

Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias

NIF: S0611001I

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cáceres
Código NUTS
ES432

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
76.800,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
92.928,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
103.230,21 €
Baja
25,6 %
Ofertas recibidas
8 (7 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
31/07/2026
Formalización del contrato
24/08/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 mes

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 49
  • Recursos personales y materiales(Automático)Ponderación: 15
  • Mejoras de valoración automática(Automático)Ponderación: 10
  • Criterios ambientales de valoración automática(Automático)Ponderación: 10
  • Tiempo maximo de respuesta(Automático)Ponderación: 10
  • Criterios de calidad de valoración automática(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en 1,5 veces al valor estimado del contrato (154.845,31 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Se atenderá a los tres primeros dígitos del respectivo Código CPV al que constituye el objeto del contrato. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado debe ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (72.261,15 €). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 90.4 de la LCSP. Declaración responsable sobre la plantilla media anual de la empresa y un número de directivos durante los tres últimos años: - Mantenimiento de la plantilla en los 3 últimos años: + - 10%. - Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años + -10%. La acreditación del presente criterio será la propia declaración responsable detallada, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de la empresa).

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79950000

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