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Alcaldía del Ayuntamiento de TorrellaExpediente: 55/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Reforma de la Iglesia Parroquial Nuestra Señora de los Ángeles

Información sobre la licitación Reforma de la Iglesia Parroquial Nuestra Señora de los Ángeles de Alcaldía del Ayuntamiento de Torrella. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Torrella, del CPV 45451000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Torrella

NIF: P4624500G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 25
  • Reducción del plazo de ejecución(Automático)Ponderación: 15
  • TIEMPO DE RESPUESTA(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe igual o superior a 86.930,73 euros, equivalente al 75 % del valor estimado del contrato. La solvencia económica exigida se considera proporcionada al objeto del contrato, al tratarse de una obra de reforma y restauración de importe moderado, con plazo de ejecución de cuatro meses, evitando que el requisito constituya una barrera injustificada para la participación de pequeñas y medianas empresas.

Solvencia técnica o profesional

  • El licitador deberá acreditar haber ejecutado obras de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato en los últimos cinco años, avaladas por certificados de buena ejecución. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 57.953,82 euros, equivalente al 50 % del valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre las obras ejecutadas y las que constituyen el objeto del contrato, se considerarán obras de igual o similar naturaleza aquellas de reforma, rehabilitación, restauración, conservación o reacondicionamiento de edificios, especialmente cuando incluyan trabajos de albañilería, revestimientos, cubiertas, pintura, carpintería o reparación de elementos constructivos existentes. No será exigible que las obras aportadas comprendan cumulativamente todas las prestaciones parciales incluidas en el proyecto, siempre que permitan apreciar experiencia suficiente en actuaciones análogas al objeto principal del contrato. Para empresas de nueva creación —antigüedad inferior a cinco años— no conviene exigir relación de obras ejecutadas, porque en contratos de obras de valor estimado inferior a 500.000 € la LCSP prevé que acrediten la solvencia técnica por otros medios distintos de la ejecución previa de un número determinado de obras.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45451000

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