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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1411206JComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicio de mantenimiento y soporte técnico para la realización de integraciones con la infraestructura de datos espaciales del ayuntamiento de Albacete. 6-2025

Información sobre la licitación Contrato de servicio de mantenimiento y soporte técnico para la realización de integraciones con la infraestructura de datos espaciales del ayuntamiento de Albacete. 6-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 72413000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
22.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
27.225,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
24.640,05 €
Baja
8,69 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
22.500,00 € – 22.915,25 €
Fecha de adjudicación
28/01/2026
Formalización del contrato
09/02/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: Sí, por un período de 4 años, a través de prórrogas anuales.

Criterios de adjudicación

  • 10.2.2 Criterios evaluables a través de fórmulas. Segundo criterio. Criterios cualitativos(Automático)Ponderación: 40
  • 10.2.2 Criterios evaluables a través de fórmulas. Primer criterio. Precio(Automático)Ponderación: 35
  • 10.2.1 Criterios de adjudicación evaluables a través de juicio de valor. Memorias descriptivas.(Juicio de valor)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: A. Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios disponibles, uno de ellos deberá ser al menos una vez y medio el valor anual medio del contrato, es decir, debe ser al menos de: Valora anual de negocio: 24.640,05 euros, Volumen anual de negocios: 36.960,07euros C. Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.

Solvencia técnica o profesional

  • 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): 7.2.2.A.- UN ÚNICO CRITERIO. Medios personales: A. Criterio: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. B. Requisito mínimo: Un Técnico con perfil de Ingeniera en Cartografía y Geodesia o Ingeniera en Geomática y Topografía, con experiencia acreditada en Sistemas de Información Geográfica, Infraestructuras de Datos Espaciales, e integraciones realizadas con la aplicación gvSIG Online, con una experiencia mínima de tres años. Un técnico con perfil de Ingeniero en Informática con experiencia contrastada en tecnologías base de los sistemas utilizados en la IDEAB, (Geoserver, OpenLDAP, Apache, Tomcat, PostgreSQL, PostGis, OpenLayers, Django), e integraciones realizadas con la aplicación gvSIG Online, con una experiencia mínima de tres años. Dichos perfiles profesionales serán los interlocutores directos con la dirección del contrato, requiriéndose, para ello, de técnicos con capacidad de decisión dentro de la empresa. C. Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación académica y experiencia acreditada mediante la presentación de la vida laboral, así como la vinculación con la empresa
  • 7.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 7.2.1.A.- PRIMER CRITERIO: Experiencia en servicios ejecutados A. Criterio: Experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato B. Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso Valora Anual Medio: 24.640,05 euros Cuantía mínima solvencia (70%): 17.248,03C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, de conformidad con los CPV previstos en el apartado 2, realizados en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos, que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. Se exigirá como mínimo: a. Implantación de la plataforma gvSIG Online en, al menos, TRES administraciones públicas. b. Integraciones realizadas con la aplicación gvSIG Online en, al menos, DOS administraciones públicas. D. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. 7.2.1.A.- SEGUNDO CRITERIO: Medios personales: A. Criterio: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. B. Requisito mínimo: VER PAGINAS 54-55 DEL PCAP

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 72413000
  • 71354100
  • 72212211
  • 72212326
  • 72200000
  • 72000000
  • 72211000

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