Alcaldía del Ayuntamiento de CartayaExpediente: 7981/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026.
Información sobre la licitación Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026 de Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya, del CPV 79953000 o en Huelva.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 6300,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 7623,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 7598,80 €
- Baja
- 17,09 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 6300,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP20260604_Pliego_Clausulas_Administrativas_Exp_S_27_2026.pdfAbrir original
- PPT20260603_Pliego_Prescripciones_Tecnicas_Exp_S_27_2026.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
La prórroga será anual.
El plazo es de un (1) año.
Criterios de adjudicación
- Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 49
- Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios en distribución de espectáculos de danza(Automático)Ponderación: 15
- Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en dirección o gestión de compañías de danza(Automático)Ponderación: 11
- Formación reglada específica en Danza del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato(Automático)Ponderación: 10
- Participación del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en circuitos profesionales de danza(Automático)Ponderación: 10
- Conocimiento del idioma inglés del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 11.398,20 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: • Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). • Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
Solvencia técnica o profesional
- Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente , cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 5.319,16 € en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79953000
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