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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talamanca de JaramaExpediente: 308/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Sustitución de Césped Artificial en Campo de Fútbol

Información sobre la licitación Sustitución de Césped Artificial en Campo de Fútbol de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, del CPV 45212200 o en Madrid.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama

NIF: P2814500A

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

Criterios de adjudicación

  • Criterios Valorables mediante cifras o porcentajes(Automático)Ponderación: 75
  • Plan de Obra(Juicio de valor)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 apartado a) LCSP: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. Requisitos mínimos de solvencia económica: la solvencia se entenderá acreditada habiendo alcanzado un volumen anual de negocio, referido al de mayor volumen de los tres últimos, de al menos una vez y media el valor estimado del contrato (214.071,57€). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 88.1 apartado a) LCSP: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45212200
  • 39293400

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