Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de PontevedraExpediente: 2026/ABSSUB/000001Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Realización de un mobile mapping sobre el viario municipal y suministro de licencia sobre su plataforma cloud de operación
Información sobre la licitación Realización de un mobile mapping sobre el viario municipal y suministro de licencia sobre su plataforma cloud de operación de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra, del CPV 38221000 o en Pontevedra.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
NIF: P3603800H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Pontevedra
- Código NUTS
- ES114
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 94.995,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 114.943,95 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 122.608,00 €
- Baja
- 22,52 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 28/08/2026
- Formalización del contrato
- 23/09/2026
Documentos
- PCAPPCAP programa.pdfAbrir original
- PPTppt mapping.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme técnico criterios automáticosAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 55
- Propuesta técnica(Juicio de valor)Ponderación: 25
- Organización de las trayectorias por lugares, con un solape mínimo de 100 metros.(Automático)Ponderación: 10
- Incremento en el almacenamiento SaaS ofrecido(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica se acreditará, alternativamente, por alguno de los siguientes medios: - Según lo establecido en el artículo 87.3 a) de la LCSP: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. A tal efecto, dicho valor estimado por 1,5 = 183.912,00 € sin IVA El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Al conllevar la prestación una configuración previa, mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe, al menos, equivalente a 90.000 €; seguro que estará vigente durante el plazo de ejecución del contrato, incluidas las posibles prórrogas. El seguro cubrirá el cumplimiento del contrato y todas las responsabilidades, directas o indirectas, derivadas de su ejecución o de su incumplimiento; incluyendo las consecuencias que se deriven, daños y perjuicios que se pudiesen irrogar, tanto a esta Administración como a bienes y derechos de terceros. Esta definición incluye la responsabilidad civil derivada de delito, de llegar a existir y en tanto tuvieran repercusión en la propia municipal. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica-profesional del empresario deberá acreditarse, conforme al artículo 89 de la LCSP, por el siguiente medio: Aportando la relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, siendo este 70%: 85.825,60 € sin IVA El criterio para la acreditación de la solvencia técnica de empresas de nueva creación entendiéndose por tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, de conformidad con el art. 89.1 b) de la LCSP, podrá ser asimismo mediante la indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Deberá disponerse de al menos de un Analista de red y sistemas con titulación mínima de grado o equivalente en Ingeniería informática o de Telecomunicaciones.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 38221000
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