Alcaldía del Ayuntamiento de AlmassoraExpediente: SERV/CONT2026000027Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contratación del servicio de inmovilización, retirada y traslado de vehículos de las vías públicas en la localidad de Almassora, sujeto a regulación armonizada.
Información sobre la licitación Contratación del servicio de inmovilización, retirada y traslado de vehículos de las vías públicas en la localidad de Almassora, sujeto a regulación armonizada de Alcaldía del Ayuntamiento de Almassora. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Almassora, del CPV 50118110 o en Castellón/Castelló.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Castellón/Castelló
- Código NUTS
- ES522
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 59.504,13 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 72.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 71.900,82 €
- Baja
- 17,24 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 59.504,13 €
- Fecha de adjudicación
- 18/08/2026
- Formalización del contrato
- 16/09/2026
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Prorrogable por dos años más
Criterios de adjudicación
- Mejor oferta económica sobre el servicio principal(Automático)Ponderación: 30
- Distancia desde la base del licitador hasta la localidad de Almassora(Automático)Ponderación: 25
- Mejor oferta económica al precio unitario del servicio complementario(Automático)Ponderación: 20
- Compromiso de disponer por el contratista de un vehículo grúa con capacidad para vehículos de hasta 16.000 kg.(Automático)Ponderación: 15
- Compromiso de disponer de una nave para depositar vehículos retirados en caso de ser necesario en la localidad.(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios del licitador que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 130.500 €. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil.
- Seguro de responsabilidad. Deberá suscribirse una póliza de responsabilidad civil de un mínimo de 300.000 euros para cubrir daños a vehículos o terceros.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará mediante una relación de servicios prestados del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en los últimos tres años. En la relación deberá figurar nombre del destinatario del servicio, duración del contrato y precio del mismo. Al menos dos de los mismos deberán ser de importe igual al del importe anual de este contrato. En la relación debe constar el importe, fecha y destinatario público o privado de los mismos y se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 50118110
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