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Alcaldia del Ayuntamiento de MotrilExpediente: OBR/ABR/CONTRATACION2025000027Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras de renovación de alumbrado público del paseo marítimo Rey Balduino de Motril

Información sobre la licitación Obras de renovación de alumbrado público del paseo marítimo Rey Balduino de Motril de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril, del CPV 45316100 o en Granada.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Motril

NIF: P1814200J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
510.379,02 €
Importe adjudicado (con IVA)
617.558,61 €
Presupuesto base (sin IVA)
725.898,19 €
Baja
29,69 %
Ofertas recibidas
11 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
510.379,02 € – 658.060,42 €
Fecha de adjudicación
07/10/2025
Formalización del contrato
21/10/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 45 días

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 50
  • Medios materiales(Juicio de valor)Ponderación: 12
  • Resultado estudios lumínicos(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Garantías adicionales(Automático)Ponderación: 10
  • Análisis del ámbito de actuación y propuesta de ejecución(Juicio de valor)Ponderación: 6
  • Propuesta de ejecución y programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 6
  • Organización e implantación de la obra(Juicio de valor)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Al tratarse de un contrato de obra cuyo valor estimado es superior a 500.000 euros es requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras en el grupo I/subgrupo 1/categoría 3 con categoría igual o superior a la exigida para el contrato y esta clasificación acreditará la solvencia para contratar (art. 77 LCSP). La solvencia económica de los empresarios deberá ser acreditada mediante la presentación de la documentación correspondiente al Certificado de Clasificación del empresario, en grupo/s o subgrupo/s y categoría que, en función del objeto del contrato, corresponda. Deberá ir acompañado de declaración de vigencia de este. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación: ¿ Acreditación del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe igual o superior al valor estimado del contrato (art. 87.1.a) LCSP)

Solvencia técnica o profesional

  • Al tratarse de un contrato de obra cuyo valor estimado es superior a 500.000 euros es requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras en el grupo I/subgrupo 1/categoría 3, con categoría igual o superior a la exigida para el contrato y esta clasificación acreditará la solvencia para contratar (art. 77 LCSP). La solvencia técnica de los empresarios deberá ser acreditada mediante la presentación de la documentación correspondiente al Certificado de Clasificación del empresario, en grupo/s o subgrupo/s y categoría que, en función del objeto del contrato. Deberá ir acompañado de declaración de vigencia de este. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 45316100
  • 45310000
  • 45311000
  • 45315600

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