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Consejo de Administración de Limpieza de Torremolinos, S.A.Expediente: LI006-2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de suministro mediante alquiler (incluido mantenimiento), sin opción de compra, de una fregadora autopropulsada para la sociedad mercantil municipal Limpieza de Torremolinos S.A.

Información sobre la licitación Contratación de suministro mediante alquiler (incluido mantenimiento), sin opción de compra, de una fregadora autopropulsada para la sociedad mercantil municipal Limpieza de Torremolinos S.A de Consejo de Administración de Limpieza de Torremolinos, S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de Limpieza de Torremolinos, S.A., del CPV 42995000 o en Málaga.

Organismo contratante

Consejo de Administración de Limpieza de Torremolinos, S.A.

NIF: A29817178

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Málaga
Código NUTS
ES617

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
66.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
79.860,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
66.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
66.000,00 €
Fecha de adjudicación
24/06/2026
Formalización del contrato
25/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Existe posibilidad de una prórroga de 12 meses más. La prórroga deberá acordarse de forma expresa por el órgano de contratación con anterioridad a la finalización del plazo inicial del contrato, previa audiencia del contratista, sin que en ningún caso pueda entenderse prorrogado tácitamente.

Criterios de adjudicación

  • Por antigüedad del vehículo(Automático)Ponderación: 40
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 40
  • Disminución tiempo de entrega(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • De conformidad con el artículo 159.6 de la LCSP, no será exigible a los licitadores la acreditación de la solvencia económica y financiera ni de la solvencia técnica o profesional, sin perjuicio de la obligación de que los licitadores cuenten efectivamente con los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución.

Solvencia técnica o profesional

  • De conformidad con el artículo 159.6 de la LCSP, no será exigible a los licitadores la acreditación de la solvencia económica y financiera ni de la solvencia técnica o profesional, sin perjuicio de la obligación de que los licitadores cuenten efectivamente con los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución.

Códigos CPV

  • 42995000

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