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Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma, S.AExpediente: 4/24Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro en régimen de alquiler con mantenimiento de limpieza de cabinas W.C. químicas portátiles para la EMT-Palma.

Información sobre la licitación Suministro en régimen de alquiler con mantenimiento de limpieza de cabinas W.C. químicas portátiles para la EMT-Palma de Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma, S.A. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma, S.A, del CPV 44411000 o en Illes Balears.

Organismo contratante

Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma, S.A

NIF: A07152515

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Mallorca
Código NUTS
ES532

Adjudicación

Adjudicado

LUXURY TOILET, SLB02719961
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
262,32 €
Importe adjudicado (con IVA)
317,41 €
Presupuesto base (sin IVA)
290.779,20 €
Baja
99,91 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
262,32 € – 360,00 €
Fecha de adjudicación
10/05/2024
Formalización del contrato
03/06/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Cabe la posibilidad de prorrogarse por un plazo máximo de un (1) año, si así lo acordase el órgano de contratación, previo aviso al adjudicatario con un plazo mínimo de dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato. En tal caso, la prórroga será obligatoria para el contratista de conformidad con el artículo 29.2 LCSP, salvo que se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 de la LCSP.

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por los daños causados a personas y bienes. Deberá contratar los oportunos seguros que a continuación se relacionan, que cubran las responsabilidades y riesgos de explotación. Antes del inicio de la explotación, se presentará en EMT-Palma la documentación acreditativa de la constitución de las pólizas de seguros, que se deberán prolongar durante todo el plazo de la concesión, y alcanzar como mínimo la cobertura de riesgos que actualmente existe: - Seguro de responsabilidad civil general. - Seguro mercantil. El importe mínimo del seguro de indemnización es de 300.000,00 € Se acreditará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. La solvencia económica y financiera se acreditará en un primer momento en el sobre A, a través del DEUC, en el que se declara que se cumplen los requisitos de solvencia. En caso de resultar propuesto como adjudicatario se le requerirá su acreditación conforme a la cláusula 19 del PCAP.
  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido es de 436.168,80 € de conformidad con el artículo 87 LCSP, puesto que no excede de una vez y media el valor estimado del contrato. Se acreditará mediante las cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba. La solvencia económica y financiera se acreditará en un primer momento en el sobre A, a través del DEUC, en el que se declara que se cumplen los requisitos de solvencia. En caso de resultar propuesto como adjudicatario se le requerirá su acreditación conforme a la cláusula 19 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, esto es 101.772,72 euros. Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La solvencia técnica se acreditará en un primer momento en el sobre A, a través del DEUC, en el que se declara que se cumplen los requisitos de solvencia. En caso de resultar propuesto como adjudicatario se le requerirá su acreditación conforme a la cláusula 19 del PCAP.

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 44411000
  • 50760000

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