Alcaldía del Ayuntamiento de CastrilExpediente: 100/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Mejora y adecuación de la Avenida Doctor Fernández Morales (Fase 2A), promovido por el Ayuntamiento de Castril, acogido al Plan de Sostenibilidad Turística en Destino de Castril, Paraíso Natural; en el marco del PRTR.
Información sobre la licitación Mejora y adecuación de la Avenida Doctor Fernández Morales (Fase 2A), promovido por el Ayuntamiento de Castril, acogido al Plan de Sostenibilidad Turística en Destino de Castril, Paraíso Natural; en el marco del PRTR de Alcaldía del Ayuntamiento de Castril. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Castril, del CPV 45233222 o en Granada.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 239.675,99 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 290.007,95 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 283.299,34 €
- Baja
- 15,4 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 239.675,99 € – 281.032,95 €
- Fecha de adjudicación
- 22/05/2026
- Formalización del contrato
- 29/05/2026
Documentos
- PCAP7 PCAP REVISADO 2 FASE MEJORA AVENIDA DOCTOR FDEZ MORALES.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO Y ADENDA MEJORA AVD FERNANDEZ MORALES FASE 2_.pdfAbrir original
- Anexo8 CUADRO RESUMEN 2 FASE MEJORA AVDFER MORALE.pdfAbrir original
- Anexo10 Anexos2 FASE MEJORA AVD FERNANDEZ MORALES.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa de la 1ª sesión de la mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
No se admitirá la prórroga del contrato
Criterios de adjudicación
- MEJOR OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 55
- MENOR PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA(Automático)Ponderación: 40
- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA DE LA OBRA(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica-financiera. Dicho aspecto se acreditará a través de los siguientes medios: - Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario por un importe igual o superior al valor estimado del contrato. (283.299,34 euros). Conforme al artículo 87.1. a) LCSP. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del impuesto de sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). - Justificante de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe de 200.000,00 euros. Conforme al artículo 87.1 b.) LCSP. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica-profesional. Dicha aptitud se acreditará a través de los siguientes medios: Mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificado indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. Esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el art. 88.3 de la LCSP. - Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 45233222
- 45232410
- 45233294
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