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Presidencia del PlenoExpediente: 300/2026/00256Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios de asistencia técnica y mantenimiento de los sistemas de audio y video de los edificios adscritos a la Presidencia del Pleno (Plaza de la Villa n.º 4 y c/ Mayor n.º 71)

Información sobre la licitación Contrato de servicios de asistencia técnica y mantenimiento de los sistemas de audio y video de los edificios adscritos a la Presidencia del Pleno (Plaza de la Villa n.º 4 y c/ Mayor n.º 71) de Presidencia del Pleno. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Pleno, del CPV 50340000 o en Madrid.

Organismo contratante

Presidencia del Pleno

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
60.131,76 €
Importe adjudicado (con IVA)
72.759,43 €
Presupuesto base (sin IVA)
94.044,98 €
Baja
36,06 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
60.131,76 € – 89.581,50 €
Fecha de adjudicación
17/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Prórroga del expediente [300/2026/00256]

El presente contrato podrá prorrogarse por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. El plazo de la prórroga será idéntico al del contrato inicial, 24 meses.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica.(Automático)Ponderación: 45
  • Oferta de un importe para mantenimiento correctivo complementario al reflejado en el pliego de prescripciones técnicas(Automático)Ponderación: 25
  • Mejora en medios humanos(Automático)Ponderación: 20
  • Mejora en las condiciones laborales de la plantilla(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará la solvencia económica y financiera del empresario por el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2023, 2024 y 2025) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. El volumen de negocios mínimo anual exigido será de una vez y media el valor anual medio del contrato (85.345,82 euros). Para acreditar dicha solvencia, atendiendo al art. 87.2 de la LCSP, el empresario presentará una declaración indicando el volumen de negocio global de la empresa.

Solvencia técnica o profesional

  • Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales, que son los determinados en la cláusula 7 del PPT.
  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La solvencia técnica o profesional se entenderá acreditada por las empresas que en los últimos tres años anteriores a la fecha de fin del plazo para la presentación de ofertas en la licitación, hayan realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, que sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (39.828,05 euros), en función de lo establecido en el art. 90.2 de la LCSP. La correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se considerarán los que tengan igual los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por lo establecido en el artículo 90.1.e) de la LCSP: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. La titulación requerida se ajustará a lo exigido en la cláusula 7ª del PPT.

Requisitos específicos

  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 50340000
  • 50342000
  • 50343000

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