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Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.Expediente: NSP 001_2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de vestuario, calzado y, en general, de la uniformidad del personal que presta servicio en los centros hoteleros, hosteleros y de formación de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.

Información sobre la licitación Suministro de vestuario, calzado y, en general, de la uniformidad del personal que presta servicio en los centros hoteleros, hosteleros y de formación de Hoteles Escuela de Canarias, S.A de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A., del CPV 18100000 o en Canarias.

Organismo contratante

Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.

NIF: A35233691

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Canarias
Código NUTS
ES70

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
96.328,63 €
Importe adjudicado (con IVA)
99.218,49 €
Presupuesto base (sin IVA)
142.699,28 €
Baja
32,5 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
96.328,63 € – 96.770,67 €
Fecha de adjudicación
11/05/2026
Formalización del contrato
03/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Sin posibilidad de prórroga.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 60
  • Plazo de entrega de pedidos(Automático)Ponderación: 20
  • Memoria técnica(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Manual corporativo de uniformidad(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia requerida responde a lo estipulado en el artículo 87.3.a), siendo un volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos (2022, 2023 y 2024), deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Aplicando este criterio al valor estimado del contrato señalado en la Cláusula 7 del PCAP se requiere una solvencia económica y financiera de CIENTO SIETE MIL VENTICUATRO EUROS Y CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS EUROS (107.024,46 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Las empresas que no sean de nueva creación deberán haber efectuado durante los últimos tres años (a contar desde de la fecha final de presentación de ofertas), suministros de la misma gama de productos que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, sin incluir el IGIC, es decir CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (49.944,75 €). Aportarán una relación de los principales contratos suscritos, en los que se indique el importe, la fecha, y el destinatario, preferiblemente una entidad del sector público, pero sin excluir entidades privadas. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se indicará el CPV u otros similares, como el UNSPSC, CPC, o CNAE, asimismo se atenderá también a la naturaleza de los suministros realizados. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o declaración responsable donde se estipule los suministros realizados, la fecha de los mismo e importe sin IGIC y destinatario, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable donde se estipule los suministros realizados, la fecha de los mismo e importe sin IGIC y destinatario, Las empresas que sean de nueva creación deberán aportar las fichas técnicas de todos los elementos a suministrar. Asimismo, las empresas que no sean de nueva creación también deberán aportar las fichas técnicas de todos los elementos a suministrar.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 18100000
  • 18110000
  • 18140000

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