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Rectorado de la Universidad de CórdobaExpediente: 2026/00030Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de supervisión de los proyectos de ejecución de obras de la Universidad de Córdoba

Información sobre la licitación Servicio de supervisión de los proyectos de ejecución de obras de la Universidad de Córdoba de Rectorado de la Universidad de Córdoba. Puedes consultar otras licitaciones de Rectorado de la Universidad de Córdoba, del CPV 71240000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Rectorado de la Universidad de Córdoba

NIF: Q1418001B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
90.943,58 €
Importe adjudicado (con IVA)
110.041,73 €
Presupuesto base (sin IVA)
106.992,45 €
Baja
15 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
87.733,81 € – 90.943,58 €
Fecha de adjudicación
17/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Se permite, hasta 48 meses

Criterios de adjudicación

  • 2. Criterio relacionado con los costes(Automático)Ponderación: 49
  • 1.1 Experiencia adicional en el personal del equipo técnico mínimo.(Automático)Ponderación: 33
  • 1.2 Aportación de personal especializado añadido al equipo técnico mínimo.(Automático)Ponderación: 18

Solvencia económica y financiera

  • Acreditación de que su patrimonio neto es igual o mayor que su capital social, con el objeto de verificar que no se encuentra en ninguna de las situaciones establecidas en el art. 327 y 363 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que obligan a la reducción de su capital social o es motivo de disolución de la empresa. En el caso de no cumplirse este requisito se deberá aportar informe de auditoría independiente donde se refleje las medidas a tomar por la empresa para solucionar esta situación. Acreditación del cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de las tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la empresa y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será el 100% del valor estimado del lote al que se licite. (ver PCAP para continuar) El patrimonio neto según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, que deberá superar el 20 % del valor anual medio del lote/lotes, si su duración es superior a un año. La ratio de liquidez general y la ratio/grado de solvencia, deberán ser ambos mayores que 1. La ratio de liquidez general es el resultado de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, y refleja en qué medida todos los elementos patrimoniales que componen el activo corriente cubren el pasivo corriente. La ratio /grado de solvencia es el resultado de dividir el activo total entre el pasivo total según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas y mide la capacidad para hacer frente a las obligaciones de pago.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia técnica o profesional: relación de los principales servicios o trabajos realizados de supervisión o redacción de proyectos de ejecución de edificios de Uso Docente (incluyendo colegios, institutos u universidades) bien para obras de nueva planta, ampliación o de reforma/rehabilitación, en el curso de los últimos 10 años, en la que se indique: (ver PCAP) Equipo técnico mínimo La complejidad técnica de los trabajos a realizar lleva a que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se exija que el licitador se comprometa a constituir un equipo técnico multidisciplinar (al que se identificará como “equipo técnico mínimo”) que reúna el grado de conocimiento, capacitación y experiencia que se indica a continuación, atribuyéndole a tal compromiso el carácter de obligación esencial. El equipo técnico mínimo, en el caso de personas físicas, actuará bajo la coordinación del propio adjudicatario, que será designado director del equipo. En el caso de personas jurídicas, el equipo técnico mínimo actuará bajo la coordinación del director del equipo que se designe (Ver PCAP)

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 71240000

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