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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de OrihuelaExpediente: 38804/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Redacción de la sección de patrimonio cultural del catálogo de protecciones del término municipal de Orihuela

Información sobre la licitación Redacción de la sección de patrimonio cultural del catálogo de protecciones del término municipal de Orihuela de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Orihuela. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Orihuela, del CPV 71000000 o en Alicante/Alacant.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Orihuela

NIF: P0309900I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Alicante/Alacant
Código NUTS
ES521

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
92.975,21 €
Importe adjudicado (con IVA)
112.500,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
123.966,95 €
Baja
25 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Dicho plazo podrá ser prorrogado atendiendo a los plazos necesarios para la obtención de las resoluciones administrativas necesarias, así como para el pronunciamiento y aprobación municipal de cada una de las fases y documentos previstos. La prórroga del contrato respecto al plazo máximo inicialmente establecido, en ningún caso conllevará la revisión de precios.

Criterios de adjudicación

  • Mejores condiciones económicas ofertadas(Automático)Ponderación: 49
  • Calidad de la metodología de trabajo propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Calidad de la documentación técnica propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Experiencia acreditada en la redacción de documentos de planes especiales de Protección, Catálogos de Protecciones o Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos(Automático)Ponderación: 6
  • Reducción en el plazo de entrega de la FASE 2(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • LA SOLVENCIA TÉCNICA deberá acreditarse mediante: Se exige una relación de los principales servicios de la misma o similar naturaleza efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En el caso de que se trate de una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquélla que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por: - La indicación del personal técnico, integradas o no en la empresa, encargados del control de calidad. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Además de la solvencia técnica anterior, De acuerdo a lo previsto en el artículo 47 de la Ley 4/1998 (LPCV), se establece como requisito indispensable de solvencia técnica que, entre los profesionales del equipo redactor, se cuente como mínimo con un titulado superior en cada una de las siguientes disciplinas: (i) Arquitectura. (ii) Arqueología. (iii) Historia del arte. (iv) Etnología o antropología. Los licitadores deberán presentar el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato el equipo de trabajo mínimo, de medios personales, indicado en la precitada solvencia técnica. Los miembros del equipo técnico incluido en la oferta de un licitador no podrán formar parte de la oferta de otro licitador. Se rechazarán las ofertas presentadas por distintos licitadores en cuya dotación de medios humanos coincidan uno o más técnicos.
  • LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA del empresario deberá acreditarse por uno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior a 185.950,43 euros. El volumen anual de negocios se expresará mediante una declaración responsable firmada por el licitador, y se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. b) La disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe no inferior 185.950,43 euros.. así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya en su oferta (en el sobre de “Documentación Administrativa”) un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. Dicho compromiso se deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71000000
  • 71300000
  • 71311000
  • 71220000
  • 71200000
  • 71222000

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