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Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D AlacantExpediente: 2672/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suscripción por parte del Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant, de póliza de seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial.

Información sobre la licitación Suscripción por parte del Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant, de póliza de seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant, del CPV 66510000 o en Alicante/Alacant.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant

NIF: P0311900E

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Contrato

Tipo
Privado
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Alicante/Alacant
Código NUTS
ES521

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
46.038,75 €
Importe adjudicado (con IVA)
46.038,75 €
Presupuesto base (sin IVA)
50.000,00 €
Baja
7,92 %
Ofertas recibidas
2 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
09/07/2026
Formalización del contrato
15/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 70
  • Oferta de mejoras(Automático)Ponderación: 30

Solvencia económica y financiera

  • De acuerdo con lo establecido en el Art. 87 LCSP la solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaración sobre el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, sea al menos de 315.000 €. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil

Solvencia técnica o profesional

  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 90.1 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad. Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para cumplir con la acreditación de la solvencia técnica o profesional es suficiente con la acreditación de un importe de primas contratadas en los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea al menos de 35.000 €

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 66510000
  • 66516000

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