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Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)Expediente: 025/26Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio online de información sobre empresas

Información sobre la licitación Servicio online de información sobre empresas de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE), del CPV 72322000 o en León.

Organismo contratante

Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)

NIF: A24530735

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
León
Código NUTS
ES413

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
7176,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
8682,96 €
Presupuesto base (sin IVA)
8970,00 €
Baja
20 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
7176,00 €
Fecha de adjudicación
10/07/2026
Formalización del contrato
24/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 36 meses

Criterios de adjudicación

  • Criterio N.º 1: Oferta económica para los Informes / Consultas.(Automático)Ponderación: 90
  • Criterio N.º 2: Soporte técnico 24x7(Automático)Ponderación: 5
  • Criterio N.º 3: Certificaciones de Calidad y Seguridad(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • ANEXO II del PCG, conforme a su cláusula TERCERA, el licitador, según las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, declara la cifra de patrimonio neto y la cifra del capital social, Anexo II debidamente cumplimentado y firmado. Se analizarán las siguientes ratios: Para todas las sociedades de capital: El patrimonio neto tiene que ser igual o superior a la mitad del capital social, en prueba de los cual podrán aportarse cuentas anuales o extractos de las mismas. En todo caso, los licitadores que en virtud de disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a sus cuentas anuales, deberán presentar las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Este requisito se basa en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital: “La sociedad de capital deberá disolverse: Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca”.
  • ANEXO II del PCG, conforme a su cláusula TERCERA, el licitador declara que cuenta con un Seguro de Indemnización por riesgos profesionales o de responsabilidad civil de explotación con el capital mínimo asegurado según se establece en el pliego de características generales y que el seguro se mantendrá en vigor durante toda la ejecución del contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • ANEXO II del PCG, conforme a su cláusula QUINTA, debidamente cumplimentado y firmada.
  • ANEXO III del PCG, el licitador incluirá una relación de los principales trabajos realizados similares a los del objeto de este contrato en los CINCO (5) últimos años. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, siendo el requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del importe máximo previsto para el contrato inicial.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 72322000

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