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Dirección General del Palacio de Ferias y Congresos de MálagaExpediente: 8/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro e instalación de una ampliación de la red inalámbrica en tecnología Wi Fi 6/7, diseñada para entornos de alta densidad de asistentes, con el fin de atender tanto el uso habitual de los usuarios internos como las demandas puntuales, pero recurrentes, derivadas de los eventos celebrados en el recinto.

Información sobre la licitación Suministro e instalación de una ampliación de la red inalámbrica en tecnología Wi Fi 6/7, diseñada para entornos de alta densidad de asistentes, con el fin de atender tanto el uso habitual de los usuarios internos como las demandas puntuales, pero recurrentes, derivadas de los eventos celebrados en el recinto de Dirección General del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, del CPV 32420000 o en Málaga.

Organismo contratante

Dirección General del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga

NIF: A29233681

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Málaga
Código NUTS
ES617

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
153.888,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
186.204,48 €
Presupuesto base (sin IVA)
200.000,00 €
Baja
23,06 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
153.888,00 € – 174.874,83 €
Fecha de adjudicación
13/07/2026
Formalización del contrato
04/08/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • CRITERIO Nº1. Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 41
  • CRITERIO Nº1. Memoria técnica de implantación general(Juicio de valor)Ponderación: 30
  • CRITERIO Nº2. Calidad de la propuesta para la configuración específica del evento, supervisión y resolución de incidencias durante su desarrollo, y generación de informes(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • CRITERIO Nº3. Experiencia del responsable del servicio y del personal adscrito al proyecto(Juicio de valor)Ponderación: 9
  • CRITERIO Nº3. Extensión del contrato de soporte de fabricante para el controlador(Automático)Ponderación: 5
  • CRITERIO Nº2. Extensión del periodo de soporte del adjudicatario a la instalación(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia economica y financiera exigida a los licitadores es la establecida en la clausula 15 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y concretada en el apartado 12 Solvencia economica financiera y tecnica o profesional del Anexo I Cuadro de Caracteristicas Generales. Teniendo en cuenta el objeto del contrato y para garantizar una prestacion idonea, la solvencia economica y financiera se acreditara de conformidad con el articulo 87.1 de la LCSP mediante volumen anual de negocios en el ambito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres ultimos disponibles en funcion de las fechas de constitucion o de inicio de actividades del empresario y de presentacion de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitacion. Se considerara como volumen de negocio minimo referido al mejor ejercicio dentro de los tres ultimos disponibles la cantidad equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador propuesto para la adjudicacion se acreditara por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El importe minimo para acreditar la solvencia economica y financiera es de 300.000,00 euros. Estas solvencias solo deberan ser acreditadas documentalmente por la empresa con mejor puntuacion conforme a lo dispuesto en el apartado 12 del Anexo I.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia tecnica o profesional exigida a los licitadores es la establecida en la clausula 15 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y concretada en el apartado 12 Solvencia economica financiera y tecnica o profesional del Anexo I Cuadro de Caracteristicas Generales. De conformidad con el articulo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia tecnica o profesional se acreditara mediante una relacion de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como maximo los cinco ultimos anos en la que se indique el importe la fecha y el destinatario publico o privado de los mismos. Cuando el destinatario sea una entidad del sector publico la acreditacion se realizara mediante certificados expedidos o visados por el organo competente y cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por este o a falta de dicho certificado mediante una declaracion del empresario acompanada de los documentos que acrediten la realizacion de la prestacion. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se tomara como criterio la pertenencia de las actividades desarrolladas al CPV indicado en el pliego y el ano de mayor ejecucion debera ser al menos equivalente al 70 por ciento del valor anual medio del contrato IVA excluido. El importe minimo para acreditar la solvencia tecnica o profesional es de 140.000,00 euros. Estas solvencias solo deberan ser acreditadas documentalmente por la empresa con mejor puntuacion conforme a lo dispuesto en el apartado 12 del Anexo I.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 32420000
  • 72700000
  • 32422000
  • 51300000
  • 72222300

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