Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2026/00354Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de suministro e instalación de un túnel de lavado para el centro de acogida “San Isidro”
Información sobre la licitación Contrato de suministro e instalación de un túnel de lavado para el centro de acogida “San Isidro” de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 42959000 o en Madrid.
Organismo contratante
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid
NIF: P2807900B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 71.756,42 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 86.825,26 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 123.654,00 €
- Baja
- 41,97 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 71.756,42 € – 97.686,66 €
- Fecha de adjudicación
- 21/07/2026
- Formalización del contrato
- 24/08/2026
Documentos
- PCAP27234290-PliegodeClusulasAdminist-001003PCA_OE.pdfAbrir original
- PPT27224927-Pli-02PPTtunellavadoCASIv5pdf_firmado.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteEstudio Económico (01. MEMORIA ECON [v2].pdf_firmado.pdf)Abrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteIntrucciones DEUCAbrir original
- ExpedienteAyuda a los licitadoresAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteFecha mesa contrataciónAbrir original
- ExpedienteInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteFecha Mesa de ContrataciónAbrir original
- ExpedienteFecha mesa contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteFecha mesa contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
No procede prórroga.
Criterios de adjudicación
- 1. Oferta económica Hasta 85 puntos (máximo 85%)(Automático)Ponderación: 85
- 2. Mejora del plazo de garantía. Hasta 15 puntos (hasta 15%).(Automático)Ponderación: 15
Solvencia económica y financiera
- a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Los participantes en la licitación deberán haber alcanzado un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2023, 2024 y 2025) que deberá ser igual o superior a 100.000 euros. Medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con lo establecido en el art. 86.1 párrafo 3º de la LCSP: “Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.” Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de Contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica. Medios externos de acreditación de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
Solvencia técnica o profesional
- a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas (2023, 2024 y 2025), debiendo haber ejecutado por lo menos en uno de los tres años citados, trabajos de igual o similar naturaleza por un importe igual o superior a 30.000€. A los efectos de determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos del código CPV 42959000-3 – Lavavajillas industriales. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Medios externos de acreditación de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. Acreditación de solvencia en las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años. Si usted es este caso, diríjase al apartado 11 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. La entidad propuesta como adjudicataria, deberá presentar una “ficha técnica” (véase Anexo), en la que consten todas y cada una de las características técnicas del túnel de lavado a suministrar, especificando medidas y calidades. Esta ficha podrá ser acompañada de las imágenes, croquis y/o fotografías que se consideren necesarias. A los efectos de acreditar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, y acompañando a la ficha técnica presentada, la entidad adjudicataria deberá presentar una declaración responsable, o cualquier medio de prueba admitido en derecho, que demuestre el cumplimiento de las características técnicas del túnel de lavado a suministrar. (Se adjunta como Anexo el modelo de declaración responsable) Además, la entidad podrá completar la información contenida en estos dos anexos con cuantas fotografías, muestras y descripciones estime procedentes. Medios externos de acreditación de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. Acreditación de solvencia en las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años. Si usted es este caso, diríjase al apartado 11 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 42959000
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