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Presidencia de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI)Expediente: SERV 25-2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El objeto del contrato es la gestión de las expropiaciones de proyectos de la entidad metropolitana de servicios hidráulicos (EMSHI) con todas las fases definidas en el Pliego de Condiciones Técnicas, de conformidad con lo estipulado por la Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento, para lo que resultan necesarios unos medios materiales y humanos de los que esta Administración carece

Información sobre la licitación El objeto del contrato es la gestión de las expropiaciones de proyectos de la entidad metropolitana de servicios hidráulicos (EMSHI) con todas las fases definidas en el Pliego de Condiciones Técnicas, de conformidad con lo estipulado por la Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento, para lo que resultan necesarios unos medios materiales y humanos de los que esta Administración carece de Presidencia de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI). Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI), del CPV 71356200 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Presidencia de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI)

NIF: P4600073C

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
313.463,72 €
Importe adjudicado (con IVA)
379.291,10 €
Presupuesto base (sin IVA)
323.158,47 €
Baja
3 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
257.880,46 € – 313.463,72 €
Fecha de adjudicación
30/04/2025
Formalización del contrato
29/05/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

El plazo de ejecución del contrato de servicios es de 3 años prorrogables anualmente, hasta un máximo de 2 anualidades.

Criterios de adjudicación

  • Criterios económicos(Automático)Ponderación: 49
  • Propuesta de organización cualificación y experiencia del personal(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Metodología propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Criterios cualitativos(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Criterios de selección: Volumen de negocios mínimo anual (según art 87 de la LCSP) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el registro mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará mediante declaración o certificado acompañado de relación de los principales trabajos en expedientes de expropiación similares a los que son objeto de este contrato, realizados por el licitador durante los últimos tres años, indicándose sus, importes, fechas y destino público o privado de los mismos. Se incluirá una relación de trabajos realizados que deberá contener la siguiente información aportándose a tal efecto cuadro informativo con el siguiente contenido: Año – Título del Proyecto – Organismo expropiante – Entidad Beneficiaria – Número de fincas – descripción de las fases del expediente que se han llevado a cabo. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. El licitador deberá presentar relación de equipos, oficinas, medios auxiliares, programas y otros recursos materiales y de software que se dedicarán al trabajo objeto del presente contrato. En este sentido el adjudicatario deberá disponer como mínimo para la realización de los servicios objeto del contrato, los medios indicados en el Pliego de Condiciones Técnicas. Los licitadores deberán haber realizado, en los últimos tres años, al menos un trabajo con contenido similar al descrito en el objeto del contrato, con proyecto de las mismas características (obras lineales) y con al menos cincuenta fincas afectadas por expropiación. Los licitadores deberán completar la acreditación de su solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, y más concretamente los recogidos en el pliego de prescripciones técnicas. De conformidad con lo señalado en el artículo 76.2 de la LCSP, este compromiso se integrará en el contrato con el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 211 o de establecimiento de penalidades en caso de incumplimiento. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del RGLCAP.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71356200

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