Presidencia de la Mancomunidad Municipios Agua del BierzoExpediente: 2026-4Comprobada en la Plataforma de Contratación:
servicio de limpieza de la dependencias de la Mancomunidad de municipios del Agua del Bierzo
Información sobre la licitación servicio de limpieza de la dependencias de la Mancomunidad de municipios del Agua del Bierzo de Presidencia de la Mancomunidad Municipios Agua del Bierzo. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Mancomunidad Municipios Agua del Bierzo, del CPV 90911200 o en León.
Organismo contratante
Presidencia de la Mancomunidad Municipios Agua del Bierzo
NIF: P2400079F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- León
- Código NUTS
- ES413
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 24.612,86 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 29.781,56 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 24.936,68 €
- Baja
- 1,3 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 25/05/2026
- Formalización del contrato
- 29/05/2026
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II Oferta economica .docAbrir original
- ExpedienteAnexo Oferta economicaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 75
- Memoria de estudio y desarrollo del proyecto a ejecutar(Juicio de valor)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- Acreditar una cifra anual de negocios en la actividad de ejecución de servicios, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor) por importe igual o superior al 75% del valor estimado del contrato. La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los cinco últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. La solvencia tambien podra acreditarse mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas. Se aportará compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. El importe no será inferior al 75% valor estimado del contrato. Se acreditará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia tecnica se puede acreditar medianete 1.Relación de los principales contratos de características similares al que es objeto de la licitación, ejecutados por el licitador en los últimos tres ejercicios en la que se concrete importe, fechas, destinatario público o privado de los mismos. A la citada relación se acompañará de certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario . Se requieren al menos tres certificados. En el citado certificado se indicarán las fechas, cpv contrato, el lugar de ejecución y se expresará la conformidad del promotor con los trabajos realizados. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica si, de la documentación aportada, resulta que la persona física o jurídica acredita haber prestado uno o varios servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, considerando como criterio de correspondencia la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación del RGLCAP, y en caso contrario en la igualdad entre los dos primeros dígitos del Código CPV, cuya suma anual acumulada en el de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 75% del valor estimado del contrato. 2. Por tratarse de un contrato cuyo objeto está incluido en el Anexo II del RGLCAP, mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de servicios referente al tipo de servicios objeto de la presente licitación, acompañado de una declaración sobre su vigencia. Para que la clasificación sea válida deberá referirse al Grupo o Subgrupo de clasificación que corresponda según su objeto y la categoría que corresponda por su valor anual medio. Subgrupo de clasificación y categoría mínima exigible (art. 46 RGLCAP): Clasificación anterior a la entrada en vigor del RD 773/2015: Grupo: U Subgrupo: 1 Categoría: A Clasificación posterior a la entrada en vigor del RD 773/2015 Grupo: U Subgrupo: U-1 Categoría: 1
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 90911200
- 90919200
- 90911300
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