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Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la FronteraExpediente: 1172/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Creación de una plataforma de turismo inteligente en Aguilar de la Frontera.

Información sobre la licitación Creación de una plataforma de turismo inteligente en Aguilar de la Frontera de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, del CPV 72000000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

NIF: P1400200J

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
60.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
72.600,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
74.580,00 €
Baja
19,55 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
60.000,00 € – 61.528,50 €
Fecha de adjudicación
02/06/2026
Formalización del contrato
03/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 210 días

No es susceptible de prórroga.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 25
  • Experiencia del director de los trabajos.(Automático)Ponderación: 20
  • Integración de funcionalidades de gestión turística inteligente.(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10
  • Adecuación de la memoria.(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Descripción de los procesos de Trabajo y Propuesta de Coordinación.(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Madurez de la plataforma.(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Reducción del plazo de implantación.(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • El criterio para acreditar la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos ascienda al menos a una vez y media del valor anual medio del contrato, que se establece en la cantidad de 111.870 €. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.

Solvencia técnica o profesional

  • Para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con servicios realizados para el propio Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que éste pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Los trabajos deberán ser de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los ejecutados por el empresario y los que son objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. El importe anual ejecutado, durante el mayor año de ejecución del periodo, deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, que se establece en la cantidad de 52.206 €. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 72000000
  • 72242000
  • 72212000
  • 63513000

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