Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/02224Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de mantenimiento integral de la planta primera del edificio del mercado municipal de San Cristóbal sito en la calle Conde de Torralba, nº 11 y del local 88 del mercado municipal de Puerta Bonita
Información sobre la licitación Servicios de mantenimiento integral de la planta primera del edificio del mercado municipal de San Cristóbal sito en la calle Conde de Torralba, nº 11 y del local 88 del mercado municipal de Puerta Bonita de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 50000000 o en Madrid.
Organismo contratante
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid
NIF: P2807900B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 50.747,64 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 61.404,64 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 57.586,90 €
- Baja
- 11,88 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 50.747,64 € – 54.114,00 €
- Fecha de adjudicación
- 26/01/2026
- Formalización del contrato
- 20/02/2026
Documentos
- PCAPPCA_CA.pdfAbrir original
- PPTPPT 2224.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAnuncio visita de instalacionesAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteEstudio económicoAbrir original
- ExpedienteActa sesión 2 calificar documentación del propuesto adjudicatarioAbrir original
- ExpedienteActa sesión 3 calificar documentación requerida para subsanaciónAbrir original
- ExpedienteActa sesión 1 apertura de sobre únicoAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 24 meses
Duración: Hasta un máximo de 24 meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 LCSP. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. La prórroga del contrato establecida en el apartado 2 del artículo 29 LCSP no será obligatoria para el contratista en los casos en los que en el contrato se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 LCSP, por haberse demorado la Administración en el abono del precio más de seis meses.
Prórroga: Si porcede
Criterios de adjudicación
- 2. Mejora técnica(Automático)Ponderación: 50
- 1. Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
- 4. Cláusula social(Automático)Ponderación: 10
- 3. Instalación y mantenimiento desfibrilador(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87.1 letra a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, sea igual o superior a 43.190,18 euros, IVA excluido, debiendo acreditarse mediante declaración responsable del representante legal de la empresa.
Solvencia técnica o profesional
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años contados desde la fecha fin de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 43.190,18 euros, IVA excluido. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV, pudiéndose acreditar trabajos o servicios que se correspondan solo con uno de los mencionados códigos. Para empresas de nueva creación: Artículo 90.1 letra i): Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Deberá indicarse la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. La acreditación de la solvencia técnica o profesional, para estas empresas de nueva creación, se realizará mediante declaración responsable del representante legal de la empresa.
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 50000000
- 50800000
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