Alcaldía del Ayuntamiento de HumilladeroExpediente: 2025/732Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Adquisición de barredora PPACO 2025. Código actuación: 1.52.02.06/C. Programa suministros relacionados con el equipamiento para limpieza de vías públicas.
Información sobre la licitación Adquisición de barredora PPACO 2025. Código actuación: 1.52.02.06/C. Programa suministros relacionados con el equipamiento para limpieza de vías públicas de Alcaldía del Ayuntamiento de Humilladero. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Humilladero, del CPV 34144431 o en Málaga.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de Humilladero
NIF: P2905900C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Málaga
- Código NUTS
- ES617
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 28.750,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 34.787,50 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 29.235,45 €
- Baja
- 1,66 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 19/11/2025
- Formalización del contrato
- 27/11/2025
Documentos
- PCAPPliego_de_Clausulas_Administrativas_Particulares.pdfAbrir original
- PPTPliego_de_Prescripciones_Tecnicas_diligenciado.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteComunicación de ExclusiónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMejor Valorado. Requerimiento de DocumentaciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteRequerimiento de DocumentaciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteRequerimiento de documentaciónAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 15 días
Criterios de adjudicación
- Reducción plazo suministro(Automático)Ponderación: 45
- Ampliación garantía(Automático)Ponderación: 35
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación y no hubiera tenido todavía que rendir o presentar cuentas, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia económica y financiera se acreditará mediante alguno de los siguientes medios: En el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de cuentas anuales registradas deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe, conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a: 29.235,45 €. El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese importe deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente.
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a: 29.235,45 €. Que cubra al menos los siguientes riesgos profesionales: los derivados de su actividad y un plazo mínimo de vigencia de un año.
Solvencia técnica o profesional
- Siendo un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) del artículo 89 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
- Relación de los suministros realizados en el curso de los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha, el destinatario, público o privado de los mismos. Se considerará acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 29.235,45 €. Tomando como criterio de correspondencia la igualdad entre los dos primeros dígitos de los códigos CPV señalados.
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 34144431
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