Saltar al contenido

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2025/154Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de mantenimiento de áreas de juegos infantiles,parques biosaludables y circuitos de calistenia de la ciudad de CÁDIZ

Información sobre la licitación Servicio de mantenimiento de áreas de juegos infantiles,parques biosaludables y circuitos de calistenia de la ciudad de CÁDIZ de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 77311000 o en Cádiz.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz

NIF: P1101200B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
661.329,12 €
Importe adjudicado (con IVA)
800.208,24 €
Presupuesto base (sin IVA)
702.479,34 €
Baja
5,86 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
64.979.338,00 € – 66.735.537,00 €
Fecha de adjudicación
13/03/2026
Formalización del contrato
12/05/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del Anexo I del PCAP por anualidad hasta un máximo de 2 AÑOS. Atendiendo la previsión del artículo 29.2 LCSP, La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses

Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del Anexo I del PCAP por anualidad hasta un máximo de 2 AÑOS

Criterios de adjudicación

  • Criterio B.1. Mejor proposición económica(Automático)Ponderación: 40
  • Criterio A.2. Medios materiales.(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Criterio A.1. Organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 18
  • Criterio B.3. Aumento del importe de franquicia de respuestos incluidos en la consignación del Mtto.correctivo por cuota fija(Automático)Ponderación: 11
  • Criterio B.2. Aumento de la partida correspondiente a la cuota variable o facturación por mediciones(Automático)Ponderación: 11

Solvencia económica y financiera

  • DOCUMENTO DEUC SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: Se acreditará por el medio o medios, que se indican a continuación: Atendiendo a lo dispuesto en el art.87 LCSP, la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación, concretamente lo especificado en el (artículo 87.3.a LCSP). “El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil”. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Que el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos, deberá ser, al menos: - QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CIENCUENTA Y UN CÉNTIMOS (526.859,51 €)

Solvencia técnica o profesional

  • DOCUMENTO DEUC: Atendiendo a lo dispuesto en el art. 90.2 de la CLSP, la solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por los medios siguientes: - La relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato - Un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia técnica, si cumple con el criterio o los criterios que se señalan de forma acumulativa: - Acreditación de prestación de un servicio en los tres últimos años de la misma naturaleza, es decir, mantenimiento y adecuación de áreas infantiles y parques biosaludables en un municipio de, al menos, 100.000 habitantes y por un importe anual de, al menos, 245.867,77 € (IVA excluido), y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. - Acreditación de estar en posesión de los siguientes certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, sistemas de gestión ambiental y como empresa mantenedora: - Certificación de Calidad ISO 9001, para la actividad de mantenimiento de juegos infantiles o equivalente. - Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental ISO 14001, para la actividad de mantenimiento de juegos infantiles o equivalente. -Certificado UNE 1176-7. Empresa mantenedora e instaladora de áreas infantiles conforme a la norma UNE EN 1176-7:2021 emitido por empresa acreditada por ENAC o equivalente.

Requisitos específicos

  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 77311000
  • 77320000
  • 51121000
  • 37416000
  • 45212140
  • 37410000

Cargando datos del organismo…

Cargando licitaciones relacionadas…

Cargando adjudicaciones similares…

Usamos cookies técnicas para la sesión y guardamos su elección durante 180 días. El pago puede usar cookies del proveedor. Consulta la política de cookies y la política de privacidad.

Servicio de mantenimiento de áreas de juegos infantiles,parques biosaludables y circuit... | Contratica