Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2025/154Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de mantenimiento de áreas de juegos infantiles,parques biosaludables y circuitos de calistenia de la ciudad de CÁDIZ
Información sobre la licitación Servicio de mantenimiento de áreas de juegos infantiles,parques biosaludables y circuitos de calistenia de la ciudad de CÁDIZ de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 77311000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz
NIF: P1101200B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 661.329,12 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 800.208,24 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 702.479,34 €
- Baja
- 5,86 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 64.979.338,00 € – 66.735.537,00 €
- Fecha de adjudicación
- 13/03/2026
- Formalización del contrato
- 12/05/2026
Documentos
- PCAP07 PCAP 2025 154 Parques Infantiles F.pdfAbrir original
- PPT03 PPT 2025 154 Parques Infantiles.pdfAbrir original
- Anexo00 Anexo instrucc DEUD.docAbrir original
- AnexoAnexo IV Dcl UTE parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo III oferta parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo V Empresas vinculad parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo IX Integrac solv medios ext parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo VII Dc trabaj discapd parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo VIII Adscripc medios parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo X Inf art 129 parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo XII DchH parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo XI Inf confidencl parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoAnexo VI Empresas extranj parques inf 25 154.docAbrir original
- AnexoDEUC parque inf 25 154.xmlAbrir original
- AnexoDEUC parque inf 25 154.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDEUC XMLAbrir original
- ExpedienteDEUC PDFAbrir original
- ExpedienteInf juridicoAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInf fiscalizcAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteACUERDO CLASIFICACIÓNAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del Anexo I del PCAP por anualidad hasta un máximo de 2 AÑOS. Atendiendo la previsión del artículo 29.2 LCSP, La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del Anexo I del PCAP por anualidad hasta un máximo de 2 AÑOS
Criterios de adjudicación
- Criterio B.1. Mejor proposición económica(Automático)Ponderación: 40
- Criterio A.2. Medios materiales.(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Criterio A.1. Organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 18
- Criterio B.3. Aumento del importe de franquicia de respuestos incluidos en la consignación del Mtto.correctivo por cuota fija(Automático)Ponderación: 11
- Criterio B.2. Aumento de la partida correspondiente a la cuota variable o facturación por mediciones(Automático)Ponderación: 11
Solvencia económica y financiera
- DOCUMENTO DEUC SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: Se acreditará por el medio o medios, que se indican a continuación: Atendiendo a lo dispuesto en el art.87 LCSP, la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación, concretamente lo especificado en el (artículo 87.3.a LCSP). “El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil”. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Que el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos, deberá ser, al menos: - QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CIENCUENTA Y UN CÉNTIMOS (526.859,51 €)
Solvencia técnica o profesional
- DOCUMENTO DEUC: Atendiendo a lo dispuesto en el art. 90.2 de la CLSP, la solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por los medios siguientes: - La relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato - Un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia técnica, si cumple con el criterio o los criterios que se señalan de forma acumulativa: - Acreditación de prestación de un servicio en los tres últimos años de la misma naturaleza, es decir, mantenimiento y adecuación de áreas infantiles y parques biosaludables en un municipio de, al menos, 100.000 habitantes y por un importe anual de, al menos, 245.867,77 € (IVA excluido), y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. - Acreditación de estar en posesión de los siguientes certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, sistemas de gestión ambiental y como empresa mantenedora: - Certificación de Calidad ISO 9001, para la actividad de mantenimiento de juegos infantiles o equivalente. - Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental ISO 14001, para la actividad de mantenimiento de juegos infantiles o equivalente. -Certificado UNE 1176-7. Empresa mantenedora e instaladora de áreas infantiles conforme a la norma UNE EN 1176-7:2021 emitido por empresa acreditada por ENAC o equivalente.
Requisitos específicos
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 77311000
- 77320000
- 51121000
- 37416000
- 45212140
- 37410000
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