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Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaExpediente: 533/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de Agencia de Viajes

Información sobre la licitación Servicio de Agencia de Viajes de Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología. Puedes consultar otras licitaciones de Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, del CPV 63510000 o en Madrid.

Organismo contratante

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología

NIF: G82999871

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
1.355.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
1.639.550,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
1.355.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
4 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
07/08/2026
Formalización del contrato
10/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 36 meses

Criterios de adjudicación

  • CCA1.- Valoración del precio por emisión de billetes aéreos y ferroviarios (Cargo por billete aéreo internacional)(Automático)Ponderación: 15
  • CJV2.- Adecuación del Plan de emergencias a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • CCA1.- Valoración del precio por emisión de billetes aéreos y ferroviarios (Cargo por billete aéreo nacional)(Automático)Ponderación: 10
  • CJV1.1.- Organización y planificación para la prestación del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • CCA2.- Mejora en la cobertura de riesgos (Seguro de responsabilidad Civil)(Automático)Ponderación: 5
  • CCA4.- Mejoras en la prestación del servicio (Sistema de Quejas y Sugerencias)(Automático)Ponderación: 5
  • CCA4.- Mejoras en la prestación del servicio (Aplicación móvil para seguimiento viaje)(Automático)Ponderación: 5
  • CJV1.2.- Organización y planificación para la prestación del servicio (Proceso de gestión de facturación y liquidación de viajes)(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • CCA1.- Valoración del precio por emisión de billetes aéreos y ferroviarios (Cargo por emisión de billete de tren)(Automático)Ponderación: 5
  • CJV1.2.- Organización y planificación para la prestación del servicio (Operativa de gestión y tramitación de las peticiones de servicio, especificando los tiempos de respuesta)(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • CCA2.- Mejora en la cobertura de riesgos (Seguro de accidente en viajes)(Automático)Ponderación: 5
  • CCA4.- Mejoras en la prestación del servicio (Servicio de Secretaría técnica)(Automático)Ponderación: 5
  • CJV1.2.- Organización y planificación para la prestación del servicio (Sistema de gestión de calidad para el control y garantía de la ejecución del servicio)(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • CCA3.- Mejora del tiempo de respuesta ante la comunicación de incidencias(Automático)Ponderación: 5
  • CCA2.- Mejora en la cobertura de riesgos (Póliza de seguro de asistencia en viajes)(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Con respecto a la solvencia económica y financiera, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la LCSP se exigirá la disposición de una póliza de responsabilidad civil, para cubrir cualquier responsabilidad derivada de la ejecución del servicio, durante el periodo de vigencia del contrato, garantizando un importe no inferior a 600.000 euros, por siniestro y anualidad. Esta póliza deberá cubrir todos los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del servicio, incluyendo la asistencia letrada y representación en caso de que la FECYT sea demandada, principal o subsidiariamente, por un perjudicado, como consecuencia de dicha ejecución. El ámbito de la cobertura de la póliza de responsabilidad civil será mundial. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en el caso de resultar adjudicatario.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica se deberá acreditar de acuerdo con el artículo 90.1 de la LCSP, tomándose en consideración los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad de las ofertas recabadas, en virtud de los siguientes criterios: Experiencia en la realización de servicios de la misma naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará presentando una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, avalados por al menos cinco (5) certificados de buena ejecución, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros y, en los demás casos, a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP:

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 63510000

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