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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1446811KComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de suministro, en régimen de alquiler, de cabinas sanitarias (w.c. químicos portátiles) para las actividades del instituto municipal de deportes de Albacete (I.M.D.A.) EXP 67/2025

Información sobre la licitación Contrato de suministro, en régimen de alquiler, de cabinas sanitarias (w.c. químicos portátiles) para las actividades del instituto municipal de deportes de Albacete (I.M.D.A.) EXP 67/2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 44411000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
15.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
18.150,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
15.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
15.000,00 €
Fecha de adjudicación
07/08/2026
Formalización del contrato
25/08/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Posibilidad de prorroga: SI, 4 AÑOS, en prorrogas anuales.

Criterios de adjudicación

  • 10.2. CRITERIOS EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. Ponderación 100 puntos. A) PRIMER CRITERIO. PRECIO. Ponderación 80 PUNTOS.(Automático)Ponderación: 80
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS B.1. INCREMENTO DEL NUMERO DE CABINAS SANITARIAS PORTATILES (ACCESIBLES Y ESTANDAR). Ponderación 10 PUNTOS.(Automático)Ponderación: 10
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS B.3. COMPROMISO DE LIMPIEZA DIARIA ADICIONAL. Ponderación 5 PUNTOS.(Automático)Ponderación: 5
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS B.2. INCREMENTO DEL NUMERO DE CABINAS SANITARIAS PORTATILES PARA INSTALACION FIJA. Ponderación 5 PUNTOS.(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • 7. SOLVENCIA: 7.1. ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 78.000,00 € Cuantía Mínima Solvencia (1,5): 117.000,00 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). Ver pág 52 del PCAP

Solvencia técnica o profesional

  • 7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 7.2.1. PRIMER CRITERIO: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SUMINISTROS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso, Valor Anual Medio: 15.600,00 € Cuantía mínima solvencia (70%): 10.920,00 €. C) Medio de acreditación: Certificados expedidos o visados por el órgano competente. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el art 87, aptdo 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional la misma que el valor anual estimado del contrato. 2º REQUISITO. DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO. a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. B) EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UN ÚNICO REQUISITO. DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. Ver pág 52 y 53 del PCAP

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 44411000

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