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JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍExpediente: 11/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de adecuación, cumplimiento y mantenimiento de los sistemas de información del Ajuntament de Santanyí y de la empresa municipal (SEMDESA) al Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) y Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y contratación del servicio del Delegado/a de Protección de Datos (DPD)

Información sobre la licitación Servicio de adecuación, cumplimiento y mantenimiento de los sistemas de información del Ajuntament de Santanyí y de la empresa municipal (SEMDESA) al Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) y Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y contratación del servicio del Delegado/a de Protección de Datos (DPD) de JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ. Puedes consultar otras licitaciones de JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ, del CPV 79111000 o en Illes Balears.

Organismo contratante

JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

NIF: P0705700C

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Illes Balears
Código NUTS
ES53

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
2600,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
3146,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
18.186,92 €
Baja
85,7 %
Ofertas recibidas
6 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
2600,00 € – 7538,16 €
Fecha de adjudicación
23/07/2026
Formalización del contrato
31/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Las condiciones vienen indicadas en la letra D del cuadro de características del PCAP.

2 años, de acuerdo con los pliegos de este contrato.

Criterios de adjudicación

  • Plan de formación anual(Automático)Ponderación: 31
  • Mejora en el precio del DPD(Automático)Ponderación: 30
  • Tiempo de respuesta mínimo del asesoramiento técnico(Automático)Ponderación: 20
  • Mejora en el precio del auditor/a(Automático)Ponderación: 19

Solvencia económica y financiera

  • La acreditación de la solvencia económica y financiera puede acreditarse por uno de los siguientes medios: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe mínimo equivalente al valor estimado del contrato. Los licitadores no deben aportar documentación, únicamente deben indicar con un SI o No según dispongan, o no, de la solvencia indicada.

Solvencia técnica o profesional

  • La acreditación de la solvencia técnica puede acreditar por el siguiente medio: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. Los licitadores no deben aportar documentación, únicamente deben indicar con un SI o No según dispongan, o no, de la solvencia indicada.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 79111000
  • 72810000

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