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Alcaldía del Ayuntamiento de Cózar Expediente: 246/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de un representante de orquestas y espectáculos para la feria y fiestas de agosto y septiembre de 2026 del municipio de Cózar (Ciudad Real).

Información sobre la licitación Servicios de un representante de orquestas y espectáculos para la feria y fiestas de agosto y septiembre de 2026 del municipio de Cózar (Ciudad Real) de Alcaldía del Ayuntamiento de Cózar. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Cózar, del CPV 79954000 o en Ciudad Real.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Cózar

NIF: P1303700G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Ciudad Real
Código NUTS
ES422

Adjudicación

Formalizado

MAPACHE EVENTS SLB02610087
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
33.300,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
40.293,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
34.500,00 €
Baja
3,48 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
33.300,00 € – 33.900,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 días

Criterios de adjudicación

  • Mejora oferta económica(Automático)Ponderación: 55
  • Memoria(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Presentación de varias opciones de orquestas oara cada uno de los dias propuestos(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica-financiera. Volumen de facturación anual referido al menos a uno de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2026, por importe igual o superior al valor económico estimado del presente contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidatos se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). Ver cláusula octava del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse por el siguiente medio: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Ver clausula octava del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79954000

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