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Dirección General de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario de la FeExpediente: CMAYOR/2026/HLAFE/0002Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de reactivos para el sistema de secuenciación masiva de 3ª generación promethion P2solo basada en el uso de Nanoporos para lecturas ultralargas de DNA o RNA que permita la secuenciación de fragmentos de un amplio rango de tamaños (entre 20 pares de bases y 4 Megabases).

Información sobre la licitación Suministro de reactivos para el sistema de secuenciación masiva de 3ª generación promethion P2solo basada en el uso de Nanoporos para lecturas ultralargas de DNA o RNA que permita la secuenciación de fragmentos de un amplio rango de tamaños (entre 20 pares de bases y 4 Megabases) de Dirección General de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario de la Fe. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario de la Fe, del CPV 33696500 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Dirección General de la Fundación para la Investigación del Hospital Universitario de la Fe

NIF: G97067557

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
60.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
60.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
60.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
60.000,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, es de un importe igual o superior a 90.000 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • El licitador, presentará Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, es la idónea y pertinente para realizar los trabajos derivados del contrato. Por igual, deberá aportar los títulos académicos y profesionales del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Los licitadores acreditarán el cumplimiento del requisito de solvencia técnica o profesional exigido mediante la presentación de una relación de los trabajos realizados, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su defecto, la acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. El requisito mínimo será que, el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El órgano de contratación, requerirá al adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 33696500

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