Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de LanjarónExpediente: 419/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de redacción del proyecto y de la dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de la obra “Senda del Tajo Colorao” que se financia con cargo a la subvención PSTD Extraordinario 2022, Subvención para la ejecución de los Planes de sostenibilidad turística en destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turísttica de Andalucía 2022.
Información sobre la licitación Servicio de redacción del proyecto y de la dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de la obra “Senda del Tajo Colorao” que se financia con cargo a la subvención PSTD Extraordinario 2022, Subvención para la ejecución de los Planes de sostenibilidad turística en destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turísttica de Andalucía 2022 de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lanjarón. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lanjarón, del CPV 71242000 o en Granada.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lanjarón
NIF: P1811800J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 86.776,86 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 105.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 86.776,86 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 1,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP REDACCION PROYECTO Y DIRECCION SERVICIO ABIERTO SIMPLIFICADO.pdfAbrir original
- PPTPTT REDACCION PROYECTO.pdfAbrir original
- ExpedienteDecreto de adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteCONTRATOAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAnteproyecto Camino equipado Lanjarón Rev.0Abrir original
- ExpedienteANEXO BISAbrir original
- ExpedienteANEXO 5Abrir original
- ExpedienteANEXO 7Abrir original
- ExpedienteANEXO 6Abrir original
- ExpedienteMODELO 2Abrir original
- ExpedienteANEXO 4Abrir original
- ExpedienteAnteproyecto TIROLINA LANJARONAbrir original
- ExpedienteANTEPROYECTO FERRATA LANJARONAbrir original
- ExpedienteANEXO 8Abrir original
- ExpedienteMODELO 3Abrir original
- ExpedienteMODELO 1Abrir original
- ExpedienteANEXO 1Abrir original
- ExpedienteANEXO 3Abrir original
- ExpedienteMODELO 4Abrir original
- ExpedienteANEXO 2Abrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- 1. OFERTA ECONÓMICA: 45 PUNTOS(Automático)Ponderación: 45
- 3. REDUCCIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL: 10 PUNTOS(Juicio de valor)Ponderación: 10
- 2. ORIGINALIDAD DEL PROYECTO: 10 PUNTOS(Juicio de valor)Ponderación: 10
- 4. EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES: 10 PUNTOS(Juicio de valor)Ponderación: 10
- 1. VALORACIÓN TÉCNICA DE LA OFERTA: 10 PUNTOS(Juicio de valor)Ponderación: 10
- 2. REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN: 4 PUNTOS(Automático)Ponderación: 4
- 6. CUALIFICACIÓN DE LOS TÉCNICOS QUE INTERVENGAN EN LA REDACCIÓN DEL PROYECTO: 3 PUNTOS(Automático)Ponderación: 3
- 5. ESTUDIO MEDIOAMBIENTAL: 3 PUNTOS(Automático)Ponderación: 3
- 3. REALIZACIÓN DE GEORREFERENCIACIÓN Y ESTUDIO GEOTÉCNICO: 3 PUNTOS(Automático)Ponderación: 3
- 4. PRESENTACIÓN CON RENDERIZACIÓN: 2 PUNTOS(Automático)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- SOLVENCIA ECONÓMICA DEL CONTRATISTA: Anexo 4 La solvencia económica y financiera se acreditará por el siguiente medio: - Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato al ser la duración del contrato inferior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el RegistroMercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro correspondiente, el órgano de contratación le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el mismo considere apropiado. JUSTIFICACIÓN: No concurren razones que sugieran el empleo de un nivel de solvencia económica especialmente alto o riguroso, por lo que se ha acudido a la regulación general del art. 11 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. No obstante, llegado el caso de que pudiera concurrir empresas de nueva creación o PYMES el órgano de contratación podrá autorizar otro medio para acreditar la solvencia económica y financiera siempre y cuando dicho medio cumpla con el requisito mínimo de solvencia fijado, en este caso, un volumen mínimo anual de negocios de 86.776,86€
Solvencia técnica o profesional
- Solvencia Técnica o Profesional La solvencia técnica o profesional se acreditará por el siguiente medio: - Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los CINCO últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buenaejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del PBL en proyectos de similares características. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. JUSTIFICACIÓN: no concurren razones que sugieran el empleo de un nivel de solvencia técnica especialmente alto o riguroso, por lo que se ha acudido a la regulación general del art. 11 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. No obstante a lo anterior, al no está sujeto el contrato a regulación armonizada cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 71242000
- 71520000
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