Gerencia del Consejo Insular de Aguas de TenerifeExpediente: 2024/103Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro de agua embotellada para las oficinas del CIATF.
Información sobre la licitación Suministro de agua embotellada para las oficinas del CIATF de Gerencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, del CPV 15981100 o en Canarias.
Organismo contratante
Gerencia del Consejo Insular de Aguas de Tenerife
NIF: Q8850002J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 8975,36 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 8975,36 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 15.648,00 €
- Baja
- 42,64 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 8975,36 €
- Fecha de adjudicación
- 23/02/2026
Documentos
- PCAP2025-09-12_PCAP_nuevo_2024_103.pdfAbrir original
- PPT2025-01-29_PPT_ASA_2024_103.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComunicación envío Justificación oferta anormalmente bajaAbrir original
- ExpedienteComunicación envío Requerimiento de documentaciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAnuncio envío comunicación Subsanación RequerimientoAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 70
- Criterio de carácter social(Automático)Ponderación: 20
- Criterio de carácter medioambiental(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- El licitador deberá cumplir con los requisitos de solvencia recogidos en la cláusula 4.3 PCAP
Solvencia técnica o profesional
- Relación de los principales suministros realizados, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario (público o privado) de los mismos, acreditados conforme establece el artículo 90.1 a) de la LCSP. En caso que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, como lo es el que nos ocupa (artículo 89. h) de la LCSP), su solvencia técnica se acreditará por: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 15981100
- 33772000
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