Gerencia del Consorcio Festival Internacional Clásico de MéridaExpediente: 4/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Concesión de servicios de dirección, producción, programación, realización artística y técnica, gestión, comunicación, ejecución y liquidación de todas las actividades para la organización de la edición anual del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida.
Información sobre la licitación Concesión de servicios de dirección, producción, programación, realización artística y técnica, gestión, comunicación, ejecución y liquidación de todas las actividades para la organización de la edición anual del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida de Gerencia del Consorcio Festival Internacional Clásico de Mérida. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia del Consorcio Festival Internacional Clásico de Mérida, del CPV 79953000 o en Extremadura.
Organismo contratante
Gerencia del Consorcio Festival Internacional Clásico de Mérida
NIF: V06368880
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Concesión de servicios
- Procedimiento
- Restringido
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Extremadura
- Código NUTS
- ES43
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 4.000.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 4.840.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 5.066.207,14 €
- Baja
- 21,05 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 3.242.372,57 € – 4.000.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 03/02/2025
- Formalización del contrato
- 02/04/2025
Documentos
- PCAP4_PCAP CONTRATO FESTIVAL 2025 02082024.pdfAbrir original
- PPT3_ PPT CONTRATO FESTIVAL 2025 020824.pdfAbrir original
- AnexoANEXO I solicitud PCAP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXO VII integracion medios PCAP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXO III declaracion deuc PACP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXO V medios PCAP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXO VI ute PCAP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXOS PPT.zipAbrir original
- AnexoANEXO II BIS automaticos PCAP 4 2024.docxAbrir original
- AnexoANEXO II proposicion economica PCAP 4 2024.docxAbrir original
- ExpedienteResolución Comisión Jurídica de Extremadura 10/01/2025Abrir original
- ExpedienteNotificación admisión recurso RC041 2025Abrir original
- ExpedienteNotificación Resolución Comisión Jurídica 023/2025Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAnuncio celebración Mesa de ContrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAnuncio celebración Mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteEstudio de viabilidadAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteResolución selección candidatos a segunda faseAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de la Comisión Jurídica de Extremadura 05/12/2024Abrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Criterios de adjudicación
- Criterios que dependen de un juicio de valor(Juicio de valor)Ponderación: 49
- Oferta económica.(Automático)Ponderación: 33
- Otros criterios de valoración automática(Automático)Ponderación: 18
Solvencia económica y financiera
- 4.4.1. Se acreditará conforme a los siguientes puntos del artículo 87.1 de la LCSP 9/17: 4.4.1.1. Volumen anual de negocios (Art. 87.1 a) LCSP 9/17) en el ámbito del contrato, definido en la Cláusula 1 de este Pliego, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles para los que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, importe igual/superior a la anualidad media del contrato, es decir a 3.886.413,93 € 4.4.2. Medios de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios (Importe neto de la cifra de negocios) mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- 4.4.1. Se acreditará conforme a los siguientes puntos del artículo 87.1 de la LCSP 9/17: 4.4.1.2. Patrimonio neto (art. 87.1.c) LCSP 9/17), al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al 50% de la anualidad media del contrato, es decir igual o superior 1.943.206,97 €. 4.4.2. Medios de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios (Importe neto de la cifra de negocios) mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará conforme al siguiente punto artículo 90.1 de la LCSP 9/17: Art. 90.1 a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso, como máximo, de los tres últimos años, en la que se indique el importe la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se tomará como criterio de correspondencia con los cuatro primeros dígitos del CPV definido en este pliego en el apartado 1.2. de la Cláusula 1), en la forma definida en el Informe justificativo de la necesidad que forma parte del expediente de contratación. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado deberá ser igual o superior a 70% de la anualidad media del contrato, es decir igual o superior a 2.720.489,75 €. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Códigos CPV
- 79953000
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