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Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.Expediente: PA 004_2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de limpieza para Hoteles Escuela de Canarias S.A. (HECANSA), contrato reservado para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social, y o las Empresas de Inserción.

Información sobre la licitación Servicio de limpieza para Hoteles Escuela de Canarias S.A. (HECANSA), contrato reservado para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social, y o las Empresas de Inserción de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A., del CPV 90910000 o en Canarias.

Organismo contratante

Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.

NIF: A35233691

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Canarias
Código NUTS
ES70

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
67.500,92 €
Importe adjudicado (con IVA)
72.225,98 €
Presupuesto base (sin IVA)
90.294,35 €
Baja
25,24 %
Ofertas recibidas
2 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
67.500,92 € – 89.598,00 €
Fecha de adjudicación
20/07/2026
Formalización del contrato
26/08/2026

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
116.900,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
125.083,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
119.119,46 €
Baja
1,86 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
114.053,63 € – 118.829,42 €
Fecha de adjudicación
02/06/2026
Formalización del contrato
05/10/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 60
  • Plan de formación anual(Automático)Ponderación: 20
  • Sistema de satisfacción_Encuesta(Automático)Ponderación: 15
  • Utilización de de productos químicos respetuosos con el medio ambiente(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica o financiera deberá acreditarse por el siguiente medio: La solvencia económica o financiera se acreditará mediante el Volumen anual de negocios –referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2022, 2023 y 2024)-, fijándose como mínimo una vez y media la anualidad media del valor estimado del contrato: • LOTE 1: 91.529,95 € • LOTE 2: 112.850,01 € El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil Asimismo, la solvencia económica y técnica también se podrá acreditar de conformidad 77 1. b) de LCSP, acreditando que la empresa contratista está clasificada Grupo U, Subgrupo U-1 y Categoría: 1, según lo estipulado en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnico o profesional deberá acreditarse por los siguientes medios: a) La acreditación de la solvencia técnica para las empresas que no sean de nueva creación, se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: • LOTE 1: 39.919,61 € • LOTE 2: 52.663,34 € Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV o la naturaleza de los servicios realizados. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente Las empresas de nueva creación de conformidad con lo estipulado en el artículo 90.4. en relación con la acreditación de la solvencia técnica se deberá presentar una declaración responsable donde se indique todos los medios materiales que se adscribirán al objeto del contrato. Asimismo, la solvencia económica y técnica también se podrá acreditar de conformidad 77 1. b) de LCSP, acreditando que la empresa contratista está clasificada Grupo U, Subgrupo U-1 y Categoría: 1, según lo estipulado en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 90910000
  • 90911000

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