Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.Expediente: PA 004_2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de limpieza para Hoteles Escuela de Canarias S.A. (HECANSA), contrato reservado para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social, y o las Empresas de Inserción.
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Organismo contratante
Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.
NIF: A35233691
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 67.500,92 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 72.225,98 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 90.294,35 €
- Baja
- 25,24 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 67.500,92 € – 89.598,00 €
- Fecha de adjudicación
- 20/07/2026
- Formalización del contrato
- 26/08/2026
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 116.900,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 125.083,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 119.119,46 €
- Baja
- 1,86 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 114.053,63 € – 118.829,42 €
- Fecha de adjudicación
- 02/06/2026
- Formalización del contrato
- 05/10/2026
Documentos
- PCAPPCAP_SERVICIO_DE_LIMPIEZA.pdfAbrir original
- PPTPPT_LIMPIEZA_HECANSA.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IV UTE.pdfAbrir original
- AnexoANEXO III SOLVENCIA MEDIOS EXTERNOS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VI OFERTA ECONOMICA LOTE 2.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II DECLARACION RESPONSABLE.pdfAbrir original
- AnexoANEXO V OFERTA ECONOMICA LOTE 1.pdfAbrir original
- ExpedienteActualización del personal susceptible de subrogaciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de aclaraciones oferta anormalmente bajaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteResolución número 156-2026 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de CanariasAbrir original
Requisitos y criterios
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 60
- Plan de formación anual(Automático)Ponderación: 20
- Sistema de satisfacción_Encuesta(Automático)Ponderación: 15
- Utilización de de productos químicos respetuosos con el medio ambiente(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica o financiera deberá acreditarse por el siguiente medio: La solvencia económica o financiera se acreditará mediante el Volumen anual de negocios –referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2022, 2023 y 2024)-, fijándose como mínimo una vez y media la anualidad media del valor estimado del contrato: • LOTE 1: 91.529,95 € • LOTE 2: 112.850,01 € El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil Asimismo, la solvencia económica y técnica también se podrá acreditar de conformidad 77 1. b) de LCSP, acreditando que la empresa contratista está clasificada Grupo U, Subgrupo U-1 y Categoría: 1, según lo estipulado en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnico o profesional deberá acreditarse por los siguientes medios: a) La acreditación de la solvencia técnica para las empresas que no sean de nueva creación, se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: • LOTE 1: 39.919,61 € • LOTE 2: 52.663,34 € Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV o la naturaleza de los servicios realizados. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente Las empresas de nueva creación de conformidad con lo estipulado en el artículo 90.4. en relación con la acreditación de la solvencia técnica se deberá presentar una declaración responsable donde se indique todos los medios materiales que se adscribirán al objeto del contrato. Asimismo, la solvencia económica y técnica también se podrá acreditar de conformidad 77 1. b) de LCSP, acreditando que la empresa contratista está clasificada Grupo U, Subgrupo U-1 y Categoría: 1, según lo estipulado en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 90910000
- 90911000
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