Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y LeónExpediente: A2026/002120Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Seguro multirriesgo para diversos Centros dependientes de la Consejería de Sanidad.
Información sobre la licitación Seguro multirriesgo para diversos Centros dependientes de la Consejería de Sanidad de Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León, del CPV 66515000 o en Castilla y León.
Organismo contratante
Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León
NIF: S4711001J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Castilla y León
- Código NUTS
- ES41
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 106.548,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 106.548,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 116.805,46 €
- Baja
- 8,78 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v003.pdfAbrir original
- PPTPliego prescripciones tecnicas - PPT v002.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme técnico acta 2Abrir original
- ExpedienteRespuesta a una pregunta del licitadorAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de siniestralidad años 2021 y 2022Abrir original
- ExpedienteJustificación de elección de procedimientoAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 24 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 50
- Reducción del importe de la franquicia general establecida en la póliza(Automático)Ponderación: 20
- Exclusión de la regla proporcional.(Automático)Ponderación: 10
- Cobertura de daños a bienes en cámaras frigoríficas(Automático)Ponderación: 8
- Incremento del límite de indemnización mínimo exigido en el PPT relativo a la localización y reparación de averías de conducciones de agua(Automático)Ponderación: 5
- Ventaja adicional relativa a la exigencia en las condiciones de viento(Automático)Ponderación: 2
- Ventaja adicional en la cobertura de daños a equipos electrónicos(Automático)Ponderación: 2
- Ventaja adicional relativa a la exigencia en las condiciones de lluvia.(Automático)Ponderación: 2
- Inclusión de una garantía relativa al hurto de contenido(Automático)Ponderación: 1
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará de acuerdo con lo previsto en el artículo 87, apartado 1, letra a de la LCSP, es decir, mediante el “volumen anual de negocios” “referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente”. En concreto, se considerará que el licitador tiene solvencia económica y financiera si el volumen anual de negocios referido al ejercicio citado en el artículo 87, apartado 1, letra a de la LCSP es mayor o igual a 87.604,10 €, IVA excluido. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito; los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará de acuerdo con lo previsto en el artículo 90, apartado 1, letra a de la LCSP, es decir, mediante “una relación de los principales servicios o trabajos realizados (primas de seguros) de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos”. En concreto, se considerará que el licitador tiene solvencia técnica si el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución es mayor o igual a 40.881,91 €, IVA excluido. Se considera que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato si los 3 primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Para acreditar documentalmente la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Las empresas de nueva creación (aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, según el artículo 90, apartado 4 de la LCSP), acreditarán su solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo establecido en el artículo 90, apartado 1, letra g de la LCSP, es decir, mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. En concreto, se considerará que una empresa de nueva creación tiene solvencia técnica si presenta una declaración indicando que durante los tres últimos años su plantilla media anual ha sido de 10 o más trabajadores y que durante ese periodo la empresa ha tenido al menos un directivo (aparte del número de trabajadores indicados anteriormente).
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 66515000
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