Organismo Autónomo Agencia Tributaria MadridExpediente: 300/2025/01813Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Prestar un servicio completo de información y orientación técnica para la realización de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) del ejercicio fiscal 2025, mediante el empleo de las herramientas informáticas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del Estado (AEAT)
Información sobre la licitación Prestar un servicio completo de información y orientación técnica para la realización de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) del ejercicio fiscal 2025, mediante el empleo de las herramientas informáticas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del Estado (AEAT) de Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, del CPV 79222000 o en Madrid.
Organismo contratante
Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid
NIF: P2800065A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 177.471,31 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 214.740,29 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 182.960,35 €
- Baja
- 3 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 214.740,29 €
- Fecha de adjudicación
- 03/03/2026
- Formalización del contrato
- 27/03/2026
Documentos
- PCAP001001PCA_CA.pdfAbrir original
- PPT001001PPT_CA.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDEUC_PDFAbrir original
- ExpedienteActa apertura sobre A que contiene la documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos previosAbrir original
- ExpedienteInformación DEUCAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteResumen puntuaciones criterios valorables mediante juicios de valorAbrir original
- ExpedienteInforme valoración criterios objetivosAbrir original
- ExpedienteInformación acto apertura sobre CAbrir original
- ExpedienteActa Apertura sobre B: criterios no cuantificables en cifras o porcentajesAbrir original
- ExpedienteActa apertura sobre C: Criterios valorables en cifras y porcentajesAbrir original
- ExpedienteReplanificación sesión 3Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa sesión 5: valoración documentación requeridaAbrir original
Requisitos y criterios
Criterios de adjudicación
- B 3) Disponibilidad de un Centro de Respaldo propio, en materia tributaria,(Automático)Ponderación: 25
- B 2) Calidad profesional del personal técnico asesor empleado como equipo técnico(Automático)Ponderación: 25
- B 4) Disponibilidad de un asesor permanente(Automático)Ponderación: 15
- B 1) Precio ofertado(Automático)Ponderación: 10
- A1) Solución técnica organizativa(Juicio de valor)Ponderación: 10
- A2) Objetivos de la propuesta, proceso de planificación, metodología del trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 8
- A3) Informes(Juicio de valor)Ponderación: 7
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87, apartado 1.a) de la LCSP Criterio de solvencia: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocios en el ámbito del contrato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos deberá ser al menos 274.440,53 euros (sin IVA), 1,5 veces el valor anual medio del contrato. Acreditación: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Certificación ISO 9001:2015 como garantía de cumplimiento de gestión eficaz y calidad, con un alto grado de satisfacción. En un mundo empresarial muy competitivo, posicionarse como una empresa eficiente y que apuesta por la calidad es cada vez más indispensable. La organización demuestra su capacidad para proporcionar de forma coherente productos o servicios que satisfacen los requisitos del cliente y los reglamentarios aplicables. Controlar y gestionar la calidad en todas las operaciones, así como a comparar el desempeño y los servicios de la organización. Demostrar la capacidad de su organización para proporcionar productos y servicios de calidad de manera constante.
- Artículo 90, apartado 1.a) de la LCSP Criterio de solvencia: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisito mínimo de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, en el curso de los tres últimos años, de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato debe ser igual o superior a 128.072,25 euros (SIN IVA) 70% del valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: Se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4 LCSP cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, tendrán que acreditar, en todo caso, la solvencia económico-financiera (artículo 87 1 a) LCSP y la solvencia técnica artículos 90 1 e) así como las certificaciones en vigor ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, SO 27001:2017 y certificación de conformidad con el esquema nacional de seguridad (ENS) – categoría media. La acreditación de la solvencia técnica del artículo 90 1 a) no es exigible directamente a la empresa licitadora como persona jurídica de nueva creación. De forma alternativa, se exige respecto del gerente o administrador o accionista mayoritario, adjuntando relación de los principales trabajos de igual o similar naturaleza y certificados de ejecución.
- Certificación de conformidad con el esquema nacional de seguridad (ENS) – categoría media Establecido en el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicio Públicos y regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero. Actualizado por el Real Decreto 951/2015 por la evolución de la tecnología y las ciber amenazas y del contexto regulatorio internacional y europeo y nueva versión regulado en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo. Los sistemas ya existentes tienen 24 meses para adaptarse a los cambios. Principios básicos y requisitos mínimos necesarios para una protección adecuada de la información tratada y los servicios prestados por las entidades de su ámbito de aplicación, con objeto de asegurar el acceso, la confidencialidad, la integridad, la trazabilidad, la autenticidad, la disponibilidad y la conservación de los datos, la información y los servicios utilizados por medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.
- Certificación ISO 27001:2017 sistemas de gestión de seguridad de la información como garantía de organizaciones que han implementado un sistema que proporciona un sólido sistema de gestión de seguridad de la información para salvaguardar la confidencialidad, la integridad de los datos y para mejorar la inversión con respecto a sus aspectos tecnológicos, operativos, de procedimiento, humanos y ambientales. Garantizar la privacidad e integridad de los datos. Proteger y mejorar su reputación de las amenazas a la seguridad. Evitar pérdidas resultantes de una violación de seguridad. Cumplir con los requisitos comerciales, legales, contractuales y reglamentarios.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
- Certificación ISO 14001:2015 como garantía de organizaciones comercialmente exitosas que asumen responsabilidades medioambientales. Su compromiso con una gestión sostenible, asegurando la mejora del desempeño de las mismas, posibilitando la ejecución de objetivos estratégicos medioambientales. Mejora y optimización de la gestión de recursos, uso racional de los mismos, reducción de riesgos ambientales, emisiones o derrames. Mejora de la eficiencia de los procesos y reducción de costes. Organizaciones comprometidas con el medio ambiente, ayudando en la identificación y gestión de los riesgos ambientales asociados a la actividad.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Declaración sobre personas con discapacidad
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79222000
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