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Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de MadridExpediente: 131/2024/36038Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión de uso privativo de la parcela sita en Paseo de la ermita del Santo, 80, Distrito de Carabanchel, para uso como estación de recarga de baterías de vehículos eléctricos

Información sobre la licitación Concesión de uso privativo de la parcela sita en Paseo de la ermita del Santo, 80, Distrito de Carabanchel, para uso como estación de recarga de baterías de vehículos eléctricos de Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

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Contrato

Tipo
Patrimonial
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
0,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
0,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
400.000,00 €
Baja
100 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
30/06/2026
Formalización del contrato
25/08/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 20 años

Criterios de adjudicación

  • Cantidad establecida como canon anual.(Automático)Ponderación: 60
  • Diseño de la estación(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Precio abonos de recarga anuales.(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica o financiera se acreditará mediante la presentación de copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390, que indique su volumen de negocio en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024). Se considerará que la solicitante posee solvencia económica y financiera para ser concesionario de esta concesión cuando acredite un volumen de negocio en alguno de los ejercicios a los que se hace referencia en el párrafo anterior, superior a 100.000 euros anuales (IVA incluido). Si la solicitante no ha cumplido los tres años de antigüedad, deberá aportar declaración del volumen global de negocios correspondiente a los ejercicios en activo, debiendo sumar el volumen de negocios en uno de los años en activo, una cifra superior a 100.000 euros anuales (IVA incluido).

Solvencia técnica o profesional

  • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para ejecutar la concesión. Este material, instalaciones y equipo técnico deberá tener relación con el objeto de la concesión
  • Para la acreditación de la solvencia técnica y profesional suficiente se deberá aportar: Justificantes de los principales servicios y actividades que haya prestado o realizado en los últimos tres años (2022, 2023 y 2024), de características iguales o semejantes a las que son propias de esta concesión. Se considerará que la entidad solicitante posee solvencia técnica o profesional para ser concesionario de esta concesión cuando acredite, mediante los justificantes o certificados aportados, la participación en los últimos tres años (2022, 2023 y 2024) en uno o varios contratos cuyo objeto sea la instalación o gestión y explotación de puntos de recarga rápida (P ≥ 50 kW) de baterías de vehículo eléctrico, debiendo sumar el número de puntos de recarga rápida instalados o gestionados y explotados, en uno de los ejercicios a que se hace referencia en el párrafo anterior y en el cómputo global de los contratos en los que hubiera participado en ese ejercicio, una cifra igual o superior a 10 (diez). Se considerarán, a efectos de justificar esta solvencia, los puntos de recarga de vehículo que ofrezcan, en los postes de recarga instalados en esos puntos, una potencia máxima de salida de, por lo menos, 50 kW. En cualquier caso, el concesionario deberá disponer de recursos humanos y técnicos suficientes para ejecutar las prestaciones objeto de la concesión, sin que suponga la afectación de la totalidad de sus recursos. En lo que se refiere al caso de nuevas empresas que no alcancen los 3 años de antigüedad, acreditaran la solvencia técnica mediante declaración, indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, debiendo justificar convenientemente que dichos medios son suficientes para el cumplimiento de la concesión, especialmente, el plazo de puesta en servicio. En concreto será preciso disponer para la instalación de los equipos de recarga un instalador habilitado de baja tensión y un instalador habilitado de alta tensión, con experiencia mínima de un año.

Garantías

  • Definitiva: 84.405,80 €
  • Provisional: 56.270,54 €

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

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