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Consejería de Infraestructuras, Transporte y ViviendaExpediente: PRC/2025/0000088400Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Actuaciones de mejora de seguridad viaria y homogeneización de itinerarios de las carreteras EX-202 (tramo: Fuente de Cantos - Segura de León y travesía de Bienvenida), EX-201 (tramo: L.P. Huelva - Segura de León) y EX-211 (travesía de Peraleda del Zaucejo). OBR160425004.

Información sobre la licitación Actuaciones de mejora de seguridad viaria y homogeneización de itinerarios de las carreteras EX-202 (tramo: Fuente de Cantos - Segura de León y travesía de Bienvenida), EX-201 (tramo: L.P. Huelva - Segura de León) y EX-211 (travesía de Peraleda del Zaucejo). OBR160425004 de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, del CPV 45233142 o en Badajoz.

Organismo contratante

Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

NIF: S0611001I

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Badajoz
Código NUTS
ES431

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
3.480.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
4.210.800,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
4.024.221,76 €
Baja
13,52 %
Ofertas recibidas
15 (15 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
12/05/2026
Formalización del contrato
15/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Criterios de adjudicación

  • oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Ampliación plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10
  • Calidad(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Extensión del control de calidad(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor estimado del contrato (2.012.110,88 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. (5.633.910 ,46 €). Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta.  Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva

Garantías

  • Especial: 1 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 45233142

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