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Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de CalviáExpediente: 2025160Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de una solución de gestión remota, monitorización y mantenimiento de sistemas y endpoints (RMM) basada en cloud y que permita administrar un mínimo de 600 endopoints y servidores distribuidos en distintas sedes.

Información sobre la licitación Contratación de una solución de gestión remota, monitorización y mantenimiento de sistemas y endpoints (RMM) basada en cloud y que permita administrar un mínimo de 600 endopoints y servidores distribuidos en distintas sedes de Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Calviá. Puedes consultar otras licitaciones de Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Calviá, del CPV 72268000 o en Illes Balears.

Organismo contratante

Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Calviá

NIF: P0701100J

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Mallorca
Código NUTS
ES532

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
1720,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
2081,20 €
Presupuesto base (sin IVA)
22.238,68 €
Baja
92,27 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
1720,00 €
Fecha de adjudicación
23/12/2025
Formalización del contrato
30/12/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

El contrato podrá prorrogarse por periodos anuales, hasta un máximo de 3 años. En caso de prorrogarse, el precio total no incluirá el concepto de “despliegue e implantación”, únicamente estará integrado por el concepto de “precio mensual unitario licencia”.

Criterios de adjudicación

  • 2.- Oferta técnica(Juicio de valor)Ponderación: 40
  • 1.1.- Oferta económica: Precio mensual unitario licencia(Automático)Ponderación: 35
  • 1.2.- Oferta económica: Precio despliegue e implantación(Automático)Ponderación: 15
  • 3.- Criterios medioambientales(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • En relación a la solvencia económica se ha considerado adecuada su acreditación mediante una de las dos previsiones legales establecidas, tanto en el apartado 1.a) como en el 1.b) del artículo 87 LCSP: 1.a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de lostres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior veintidós mil doscientos treinta y ocho euros con sesenta y ocho céntimos (22.238,68 €) // treinta tres mil trescientos cincuenta y ocho euros con dos céntimos (33.358,02 €). Ó 1.b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior veintidós mil doscientos treinta y ocho euros con sesenta y ocho céntimos (22.238,68 €) // treinta tres mil trescientos cincuenta y ocho euros con dos céntimos (33.358,02 €).

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado 1a) del artículo 90 de la LCSP: Art. 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.
  • La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado 1b) del artículo 90 de la LCSP: Art. 90.1 b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras c) a i) del art 90 de la LCSP sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 72268000

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