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Alcaldía del Ayuntamiento de CeclavínExpediente: 730/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Derribo de inmuebles y pavimentación de espacio público Calle Alcázar y Calle Vichuela de Ceclavín (Cáceres).

Información sobre la licitación Derribo de inmuebles y pavimentación de espacio público Calle Alcázar y Calle Vichuela de Ceclavín (Cáceres) de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín, del CPV 45200000 o en Cáceres.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín

NIF: P1006200H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cáceres
Código NUTS
ES432

Adjudicación

Adjudicado

FERPIOP,S.L.B10232700
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
71.516,33 €
Importe adjudicado (con IVA)
86.534,76 €
Presupuesto base (sin IVA)
79.712,36 €
Baja
10,28 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 79.690,00 €
Fecha de adjudicación
03/06/2025
Formalización del contrato
06/06/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económicamente más ventajosa(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • No se exige de acuerdo con el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros.

Solvencia técnica o profesional

  • No se exige de acuerdo con el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45200000
  • 45000000

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