Alcaldía del Ayuntamiento de AndratxExpediente: 1577/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
La gestión y organización de las Escuelas de verano del Ayuntamiento de Andratx.
Información sobre la licitación La gestión y organización de las Escuelas de verano del Ayuntamiento de Andratx de Alcaldía del Ayuntamiento de Andratx. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Andratx, del CPV 92000000 o en Illes Balears.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Concesión de servicios
- Procedimiento
- Restringido
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Illes Balears
- Código NUTS
- ES53
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 108.998,16 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 108.998,16 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 123.955,41 €
- Baja
- 12,07 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 108.998,16 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, de acuerdo con el art. 29 LCSP.
Se prevé la posibilidad de prorrogar anualmente este contrato por tres anualidades más.
Criterios de adjudicación
- Proyecto técnico(Juicio de valor)Ponderación: 45
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 30
- Mejoras al proyecto cuantificables económicamente(Automático)Ponderación: 15
- Actividades extraordinarias(Automático)Ponderación: 5
- Salidas extraordinarias(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Se podrá acreditar la solvencia por uno de los siguientes medios: - Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles. El valor del volumen anual de negocios no podrá ser inferior a 150.000 €, al menos en uno de los tres últimos años. - Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por importe no inferior a una vez y media el valor anual medio del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de esta Ley.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano de contratación, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza, se atenderá a los cinco primeros dígitos del código CPV establecido en el pliego. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 130.000 euros, en relación a los servicios de igual o similar naturaleza. En el supuesto de que se presente una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante una declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del trabajo, además de los títulos académicos y profesionales encargados de dirigir el servicio.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 92000000
- 80410000
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