Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de FirgasExpediente: 498/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Embellecimiento de la Avenida Leopoldo Matos.
Información sobre la licitación Embellecimiento de la Avenida Leopoldo Matos de Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de Firgas. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de Firgas, del CPV 45233252 o en Las Palmas.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de Firgas
NIF: P3500800B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Gran Canaria
- Código NUTS
- ES705
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 96.395,30 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 103.142,97 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 102.548,19 €
- Baja
- 6 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 96.395,30 € – 99.990,00 €
- Fecha de adjudicación
- 26/05/2026
- Formalización del contrato
- 16/06/2026
Documentos
- PCAPPCAP obra Leopoldo Matos.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO 258_2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II Oferta.docAbrir original
- AnexoAnexo IV.docAbrir original
- AnexoAnexo V.docAbrir original
- AnexoActa replanteo previo.pdfAbrir original
- AnexoAnexo I Declaracion responsable.docAbrir original
- AnexoBC3_LEOPOLDO MATOS.rarAbrir original
- AnexoAnexo III.docAbrir original
- AnexoAnexo VI.docAbrir original
- ExpedienteResolución aprobación proyecto.Abrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteResolución suspensiónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 5 meses
Criterios de adjudicación
- Menor precio ofertado.(Automático)Ponderación: 40
- Mayor plazo de garantía.(Automático)Ponderación: 40
- Incremento del número medio de trabajadores/as en obra previstos/as en el proyecto.(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser, por importe igual o superior, al menos una vez y media el valor estimado del contrato. A estos efectos, dicha cifra se cuantifica en la cantidad que se indica a continuación, sin incluir el IGIC: 153.822,29 €. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato, cuyo importe mínimo asciende a la cantidad que se indica a continuación: 71.783,73 €. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio a los que se refiere la letra f) del artículo 88.2 de la LCSP, “Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación”, siendo preciso disponer como mínimo de camión para transporte de mercancía, material de obra y generador eléctrico portátil; además de personal técnico cualificado. En el caso de uniones temporales de empresarios, será preciso que el resultante de la acumulación de las solvencias parciales cumpla el requisito de solvencia exigido. La acreditación de este criterio se llevará a cabo mediante la aportación de: - Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, certificados expedidos o visados por el órgano competente. - Cuando el destinatario sea un sujeto privado, un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Los/as licitadores/as, además de acreditar su solvencia, deberán adscribir obligatoriamente los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución de este contrato.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Códigos CPV
- 45233252
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