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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de VinarósExpediente: 9753/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación del Servicio Integral de Organización, Producción y Ejecución de la Campaña Comercial de Navidad del Ayuntamiento de Vinaròs.

Información sobre la licitación Contratación del Servicio Integral de Organización, Producción y Ejecución de la Campaña Comercial de Navidad del Ayuntamiento de Vinaròs de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós, del CPV 79952100 o en Comunidad Valenciana.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós

NIF: P1213800D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Comunitat Valenciana
Código NUTS
ES52

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 mes

El contrato no será susceptible de prórroga, dado que su objeto se encuentra vinculado a la Campaña Comercial de Navidad 2026-2027 y a unas fechas concretas e inaplazables.

Criterios de adjudicación

  • Mejor precio ofrecido(Automático)Ponderación: 40
  • Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 30
  • Experiencia del coordinador o coordinadora general adscrito al contrato(Automático)Ponderación: 20
  • Compromiso de disponibilidad de un servicio técnico para la atención de incidencias.(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • 1.- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El volumen de negocios mínimo exigido será al menos de una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositados en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en este registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en qué hubiere de estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario a tenor de lo que en ellos se disponga. 2.- Cuando por una razón válida debidamente justificada, el empresario no esté en condiciones de presentar la documentación indicada podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP. De acuerdo con lo indicado en la cláusula 9.1 de los PCAP. La inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera que consten en dicho registro, en los términos y con el alcance establecido en la correspondiente inscripción.

Solvencia técnica o profesional

  • 1.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la cual se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de estos; Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se requerirá como mínimo haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza en los tres últimos años y por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución que sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), su solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90.1.b): Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Declaración sobre personas con discapacidad

Códigos CPV

  • 79952100

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