Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de CanariasExpediente: SER/2026/0000005030Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El objeto del contrato es la prestacion del servicio integral de limpieza de las unidades clinicas de rehabilitacion de SaludMental adscritas al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias.
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Organismo contratante
Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias
NIF: Q8555011I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
10.1.- El contrato tendrá un plazo máximo de ejecución de DOCE (12) MESES, a contar desde el día que se estipule en el contrato. Dicho plazo podrá prorrogarse anualmente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP, hasta un máximo de CUARENTA Y OCHO (48) MESES, incluidos los periodos de prórroga.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 45
- Sistema digital de control de presencia y gestión(Automático)Ponderación: 20
- Implantación de sistemas de dosificación automática para productos de desinfección.(Automático)Ponderación: 20
- Formación especializada adicional del personal adscrito al servicio(Automático)Ponderación: 15
Solvencia económica y financiera
- 4.3.1. Solvencia económica y financiera a Medios para acreditar la solvencia - Volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a la anualidad media del valor estimado que asciende a quinientos diecisiete mil trescientos ochenta y cinco euros con treinta y nueve céntimos 517.385,39 euros. b Concreción de los requisitos Se acreditara por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón valida, el operador económico no este en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizara a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Solvencia técnica o profesional
- 4.3.2. Solvencia técnica o profesional a Medios para acreditar la solvencia - Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos anos, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, publico o privado de los mismos. El importe anual que el empresario debe acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato, por importe igual o superior al70 de la anualidad media del valor estimado del contrato, sin incluir el IGIC, que asciende a la cantidad de trescientos sesenta y dos mil ciento sesenta y nueve euros con setenta y siete céntimos 362.169,77 b Concreción de los requisitos Los servicios o trabajos efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector publico cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se utiliza el código CPV 90911200-8 Servicios de limpieza de edificios. A los efectos previstos en el párrafo anterior, los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 97 de la LCSP. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antiguedad inferior a cinco anos, su solvencia técnica se acreditara mediante certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 90911200
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