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Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2026/02177Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Limpieza del edificio de plaza de Legazpi número 7, adscrito al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

Información sobre la licitación Limpieza del edificio de plaza de Legazpi número 7, adscrito al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 90919200 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 36 meses

Prórroga del expediente [300/2026/02177]

El contrato podrá prorrogarse por un periodo de máximo de 24 meses, en una o varias prórrogas, sin que la duración total del contrato, incluidas prórrogas, pueda ser superior a 60 meses en conjunto.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
  • Bolsa de horas adicionales de limpieza ordinaria al año(Automático)Ponderación: 30
  • Formación continua en materia medioambiental y de prevención riesgos laborales(Automático)Ponderación: 20
  • Eliminación y prevención de pintadas vandálicas o grafitis(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1a) LCSP Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Haber alcanzado en los tres últimos ejercicios económicos cerrados un volumen de negocios de al menos 3.411.508,00 euros IVA excluido, que estará referido al año de mayor volumen de negocios de entre los tres últimos ejercicios económicos cerrados. Supone una vez y media el valor estimado medio anual del contrato, conforme a lo previsto en el art. 87.1.a) de la LCSP. Acreditación documental: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa referida al año de mayor ejecución dentro de los tres últimos ejercicios económicos cerrados.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 c) LCSP Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Para posibilitar y potenciar que el desarrollo del contrato por parte del adjudicatario se base en sistemas de gestión de calidad implantados en su organización y en su gestión, los licitantes deberán tener establecidos en sus empresas los sistemas de calidad relativos a la norma ISO 9001 (Sistema de gestión y aseguramiento de la calidad) o equivalente. Esta exigencia se considera adecuada por la diversidad de los trabajos incluidos en el contrato y sus distintas frecuencias de ejecución, al permitir acreditar que la empresa dispone de procedimientos para la planificación, supervisión y control del servicio, la gestión de incidencias y la adopción de medidas correctoras. Acreditación documental: Los licitadores deberán presentar un certificado expedido por organismo independiente comprensivo de que el licitador cumple determinadas normas de garantía de la calidad basadas en normas europeas o internacionales en la materia, Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001, debidamente actualizado, así como cualquier certificado equivalente emitido por un Estado miembro de la Unión Europea, así como otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios, en consonancia con lo dispuesto en el art. 93.2 de la LCSP.
  • Artículo 90.1a) LCSP Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Las empresas licitadoras deberán acreditar la realización de servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato durante los tres últimos años, tomando como referencia la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. El importe acumulado de estos trabajos en el año de mayor ejecución será como mínimo de 1.199.912,91 euros, IVA excluido, en el ámbito de las actividades objeto del contrato. Supone el 70 por ciento de la anualidad media del contrato (IVA excluido), conforme a lo previsto en el art. 90.2 de la LCSP. El importe exigido podrá acreditarse mediante uno o varios servicios o trabajos de igual o similar naturaleza, sin que se establezca un número mínimo de contratos o certificados. Para considerar que los trabajos son del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, se atenderá a la identidad con los tres primeros dígitos del código CPV siguiente,90.919200-4. Servicios de limpieza de oficinas Acreditación documental: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Los trabajos acreditados deberán haber sido efectuados por el licitador en el curso de los últimos tres años.
  • Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales La empresa licitadora deberá comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato el personal mínimo establecido en el apartado 8.1 del PPTP, de acuerdo con las categorías profesionales, número de personas, jornada y horario indicados en dicho apartado para cada una de las fases de puesta en servicio del edificio. No se exigen requisitos específicos de experiencia o formación adicionales a los que resulten legalmente obligatorios para el desempeño de las funciones correspondientes. Los medios materiales previstos en el PPTP no forman parte del compromiso de adscripción regulado en este apartado, sin perjuicio de la obligación de la empresa adjudicataria de disponer de todos los medios necesarios para la correcta ejecución del contrato.
  • Artículo 90.1 f) LCSP En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se exige que la empresa licitadora disponga de un sistema de gestión ambiental, debido a que la ejecución del contrato implica el uso continuado de productos y consumibles de limpieza y la recogida y gestión diferenciada de los residuos generados. Este sistema permite acreditar que la empresa dispone de procedimientos para controlar los aspectos ambientales asociados a la prestación, incluida la gestión de productos, envases y residuos, así como para prevenir y reducir sus posibles efectos sobre el medio ambiente. La exigencia se considera vinculada al objeto y proporcionada a las características del contrato. Por tanto, la empresa licitadora deberá disponer de un sistema de gestión ambiental conforme a la norma ISO 14001, al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales EMAS, o equivalente. Las empresas licitadoras deberán presentar un certificado vigente del Sistema de Gestión Ambiental conforme a la norma ISO 14001, al Reglamento EMAS, o equivalente, expedido por un organismo independiente y basado en normas europeas o internacionales en la materia. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, así como otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental presentadas por la empresa licitadora. En particular, podrá aportarse una descripción de las medidas de gestión medioambiental aplicadas, siempre que la empresa demuestre que dichas medidas son equivalentes a las exigidas con arreglo al sistema o norma de gestión medioambiental aplicable, de conformidad con el artículo 94.2 de la LCSP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 90919200

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