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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1079514AComprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de transporte para participantes en actividades programadas por la Universidad Popular Municipal del Ayuntamiento de Albacete, con las características que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Expte.90/2022

Información sobre la licitación Servicio de transporte para participantes en actividades programadas por la Universidad Popular Municipal del Ayuntamiento de Albacete, con las características que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Expte.90/2022 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 60172000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
75.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
82.500,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
75.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
75.000,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

Plazo total del contrato incluidas las prorrogas: 5 años

Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: Si. 2 años Ver página 54 PCAP

Criterios de adjudicación

  • A) PRECIO.(Automático)Ponderación: 90
  • B) REDUCCIÓN DEL PLAZO DE PRESTACIÓN.(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • A) Criterio: Volumen anual de negocios del licitador o candidato en los tres últimos ejercicios disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios disponibles, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, es decir, 37.500,00 €. C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.

Solvencia técnica o profesional

  • EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN (SEGUNDO CRITERIO) Y EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN "antigüedad inferior a 5 años"(ÚNICO CRITERIO): -Medios personales: A) Criterio: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato especialmente aquellos encargados del control de la calidad. B) Requisito mínimo: El personal mínimo que ha de disponer el contratista para la ejecución del contrato será de un Técnico encargado del control de calidad. C) Medio de acreditación: Documentación acreditativa de la cualificación del técnico y la vinculación con el licitador.
  • EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN (PRIMER CRITERIO): - Experiencia servicios ejecutados: A) Criterio: Experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, en realización de trabajos similares con el objeto del contrato será igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, deber ser al menos por las cuantías de 17.500,00 €. C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y los que constituyan el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 60172000

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