Junta de Contratación del Ministerio de Cultura Expediente: JS260055Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de video interpretación en lengua de signos española en el Ministerio de Cultura
Información sobre la licitación Servicio de video interpretación en lengua de signos española en el Ministerio de Cultura de Junta de Contratación del Ministerio de Cultura. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Contratación del Ministerio de Cultura, del CPV 79540000 o en Madrid.
Organismo contratante
Junta de Contratación del Ministerio de Cultura
NIF: S2800239B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Documentos
- PCAPJS260055 PCAP.pdfAbrir original
- PPTJS260055 PPT.pdfAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria económicaAbrir original
- ExpedienteMemoria aclaratoriaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera (artículo 87 LCSP) se acreditará mediante: Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el presupuesto base de la licitación, IVA excluido (6.580 euros). Se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90 LCSP): Presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de esta licitación, efectuados por la empresa licitadora durante los últimos tres años. Como mínimo el importe ejecutado en uno de los años de la relación anterior deberá ser igual o superior al 70% del presupuesto base de licitación, IVA excluido Asimismo, uno de los contratos incluidos en la citada relación deberá ser de una cuantía igual o superior al 50% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, lo que se acreditará mediante el correspondiente certificado de ejecución de los mismos Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará con una declaración responsable del licitador indicando el equipo y medios técnicos de los que dispone para la ejecución de los trabajos, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 79540000
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