Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.Expediente: PAS 004_2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de asesoramiento y consulta jurídica en materia laboral, así como la dirección, asistencia, representación y defensa en los procesos cuyo conocimiento se atribuye el orden jurisdiccional social, para la sociedad mercantil pública Hoteles Escuela de Canarias, S.A.
Información sobre la licitación Servicios de asesoramiento y consulta jurídica en materia laboral, así como la dirección, asistencia, representación y defensa en los procesos cuyo conocimiento se atribuye el orden jurisdiccional social, para la sociedad mercantil pública Hoteles Escuela de Canarias, S.A de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A., del CPV 79100000 o en Canarias.
Organismo contratante
Consejería Delegada de Hoteles Escuela de Canarias, S.A.
NIF: A35233691
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 53.244,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 56.971,08 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 59.160,00 €
- Baja
- 10 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 39.890,00 € – 53.244,00 €
- Fecha de adjudicación
- 21/12/2025
- Formalización del contrato
- 05/02/2026
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34.500,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 36.915,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 37.500,00 €
- Baja
- 8 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 34.500,00 €
- Fecha de adjudicación
- 21/12/2025
- Formalización del contrato
- 19/01/2026
Documentos
- PCAPPCAP_PAS_004_2025_SERVICIO_ASESORAMIENTO_JURIDICO.pdfAbrir original
- PPTPPT_PAS_004_2025_SERVICIO_ASESORAMIENTO_JURIDICO.pdfAbrir original
- AnexoANEXO III COMPROMISO PARA LA INTEGRACION DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO I DECLARACION RESPONSABLE.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II COMPROMISO DE CONSTITUTICION EN UNION TEMPORAL DE EMPRESAS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IV PROPOSICION ECONOMICA Y OTROS CRITERIOS DE VALORACION CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE.pdfAbrir original
- AnexoANEXO V DECLARACION RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACION.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VI DECLARACION RESPONSABLE SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
La prestación del servicio tendrá un plazo máximo de duración de CUATRO AÑOS, incluyendo la prórroga que acuerde el órgano de contratación (artículo 29.4 LCSP). La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
El contrato tendrá un plazo de duración de TRES (3) AÑOS, a contar desde la formalización del contrato o la fecha estipulada en el contrato de formalización correspondiente a cada lote. Dicho plazo podrá prorrogarse, POR OTRO AÑO ADICIONAL, siempre que sus características permanezcan inalterables, mediante acuerdo del órgano de contratación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP, siendo dicha prórroga obligatoria para la contratista.
Criterios de adjudicación
- Memoria técnica de gestión, organización y ejecución del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios –referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos -2022, 2023, 2024- fijándose como mínimo una vez y media (1,5) de la anualidad media del contrato, que es: • Lote 1. 34.017,00 euros (sin impuestos). • Lote 2. 18.750,00 euros (sin impuestos). Documentación acreditativa: para acreditar este requisito, resulta necesario aportar declaración de la persona o entidad licitadora indicando el volumen de negocio global de la empresa, acompañada de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil y el justificante de su presentación. En el caso de los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, se deberá acompañar la declaración responsable de los libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- La existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, que debe estar vigente hasta el fin del plazo de presentación de proposiciones, por importe no inferior al valor estimado del contrato del correspondiente lote. Documentación acreditativa: para acreditar este requisito, resulta necesario aportar declaración del empresario, acompañada del justificante de póliza o certificado de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro así como, en su caso, un compromiso vinculante de su renovación, prórroga o suscripción que garantice el mantenimiento de su cobertura durante la totalidad de la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, ver la cláusula 4.4.- Adscripción de medios humanos y materiales
- En cada uno de los lotes se deberá presentar la documentación justificativa del personal adscrito al contrato y estipulado en la cláusula 4.4.1 del presente pliego. (Para el LOTE 1), cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica o profesional se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del apartado 1 del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido respecto a la ejecución de un número determinado de servicios. Por lo tanto, las empresas de nueva creación deberán acreditar lo estipulado en la cláusula 4.3.2.2. del presente pliego.
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79100000
- 79111000
- 79110000
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