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Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de CórdobaExpediente: 646/26 BISComprobada en la Plataforma de Contratación:

Nuevo campo de fútbol de césped artificial en el SG-D6 y SG-V7 "LLanos de Cristo" del PGOU vigente, en Puente Genil (Córdoba). Obra incluida en el Plan Provincial de Obras y Servicios 2024-2027 (bienio 2025-2026)

Información sobre la licitación Nuevo campo de fútbol de césped artificial en el SG-D6 y SG-V7 "LLanos de Cristo" del PGOU vigente, en Puente Genil (Córdoba). Obra incluida en el Plan Provincial de Obras y Servicios 2024-2027 (bienio 2025-2026) de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba, del CPV 45200000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba

NIF: P14000000

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica respecto al presupuesto base de licitación(Automático)Ponderación: 80
  • Compromiso de ampliación del plazo de garantía de la obra(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • En el supuesto de que el contratista pretenda acreditar su solvencia económica y financiera mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del PCAP. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, para demostrar la solvencia económica y financiera, se estará al volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos sea al menos una vez el valor estimado del contrato: se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales, según Anexo nº 2 del PCAP (apartado 2.1.2). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento de los que por orden sucesivo y subsidiario se han considerado apropiados por el órgano de contratación en el apartado 2.1.2 del Anexo nº 2 del PCAP. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo nº 4 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • En el supuesto de que se exija clasificación o el contratista pretenda acreditar su solvencia técnica o profesional mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del contrato. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará la siguiente documentación: Acreditar un volumen total de obras similares, ejecutadas con la Diputación o con otros organismos y entidades del sector público o privado, con buena ejecución, en los últimos 5 años cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del valor estimado del contrato. La buena ejecución de obra pública quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (cargo y Organismo al que estén adscritos o, titulación, nº de colegiado y colegio de adscripción), emitidos considerando importes de adjudicación, los plazos totales y parciales, los medios profesionales y materiales adscritos a la obra, los resultados del control de calidad y las medidas de seguridad y salud adoptadas. La buena ejecución de obra privada quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (indicando titulación, número de colegiado y Colegio de adscripción), con el visto bueno de la propiedad y visados por el Colegio oficial al que pertenezca el técnico firmante. Por obra similar se entenderán de primer establecimiento, reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación de instalaciones deportivas o de equipamientos con capacidad para albergar usos deportivos. Por obra ejecutada se entenderá obra terminada y recepcionada, en los términos establecidos en los artículos 243 LCSP, sin que sea necesario que haya transcurrido el periodo de garantía establecido en cada caso. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo nº 4 del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 45200000
  • 45212221
  • 45212200
  • 45212224
  • 45212213
  • 45212230

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