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Alcaldía del Ayuntamiento de Setenil de la BodegasExpediente: 1464/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

La contratación de los servicios profesionales necesarios para Redacción del Plan Básico de Ordenación Municipal (PBOM) de SETENIL DE LAS BODEGAS, con estricta sujeción a las condiciones y requisitos expresados en el PPT y PCAP y a la normativa urbanística que resulte de aplicación.

Información sobre la licitación La contratación de los servicios profesionales necesarios para Redacción del Plan Básico de Ordenación Municipal (PBOM) de SETENIL DE LAS BODEGAS, con estricta sujeción a las condiciones y requisitos expresados en el PPT y PCAP y a la normativa urbanística que resulte de aplicación de Alcaldía del Ayuntamiento de Setenil de la Bodegas. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Setenil de la Bodegas, del CPV 71400000 o en Cádiz.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Setenil de la Bodegas

NIF: P1103400F

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
37.190,08 €
Importe adjudicado (con IVA)
45.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.322,31 €
Baja
10 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
33.480,00 € – 37.190,08 €
Fecha de adjudicación
27/02/2026
Formalización del contrato
09/03/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • Proposición económica(Automático)Ponderación: 45
  • Memoria Informativa. Análisis del planeamiento vigente(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Memoria Informativa. Descripción general del medio urbano(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • Experiencia complementaria del coordinador del equipo redactor en municipios de similares características(Automático)Ponderación: 7
  • Memoria Informativa. Descripción general del municipio(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • Memoria de Trabajo. Programación(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria de Trabajo. Recursos técnicos(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria de Trabajo. Claridad y coherencia en la descripción de las fases del trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • Memoria de Trabajo. Adecuación de la metodología al municipio de Setenil de las Bodegas PBOM(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • Experiencia complementaria del coordinador del equipo redactor en otros municipios(Automático)Ponderación: 3
  • Memoria de Trabajo. Fomento de la participación ciudadana(Juicio de valor)Ponderación: 2

Solvencia económica y financiera

  • Medio de acreditación: Existencia de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales (art. 87.1.b) de la LCSP). Requisito mínimo de solvencia: Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales vigente por importe no inferior al valor estimado del contrato. Asimismo, se debe aportarse el compromiso de la suscripción, renovación o prórroga del seguro, que garantice el mantenimiento de la cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por la persona licitadora que manifieste este compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicataria, compromiso que deberá hacerse efectivo dentro del plazo de días hábiles al que se refiere el artículo 150.2 de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • Se debe acreditar la adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales que conformarán el Equipo redactor, para lo que se exige la composición mínima, titulaciones académicas o profesionales y experiencia siguientes: • DIRECTORA/O DEL EQUIPO: persona con titulación en Arquitectura o titulación académica equivalente en el Espacio Europeo de Educación Superior (DIRECTIVA 2005/36/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de septiembre de 2005 relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales), como técnico competente responsable de los trabajos, que debe acreditar a la fecha de presentación de proposiciones haber participado en los últimos veinte (20) años en la redacción de un instrumento de ordenación urbanística, general o detallada, incluso sus innovaciones, que haya alcanzado la aprobación inicial. • TÉCNICA/O MEDIOAMBIENTAL: persona con capacidad con capacidad técnica suficiente de conformidad con las normas sobre cualificaciones profesionales y de la edificación superior, tal y como señala el artículo 16 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, que acredite haber participado en los últimos veinte (20) años en un Estudio Ambiental Estratégico o Estudio de Impacto Ambiental de un instrumento de ordenación urbanística, general o detallada, incluso sus innovaciones, que haya alcanzado la aprobación inicial.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación (artículo 90.1.e) de LCSP).
  • Las personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, conforme al Anexo I de este Pliego 13. SUBCONTRATACIÓN.
  • Acreditación documental: Será necesario acreditar esta solvencia mediante la presentación de la siguiente documentación: • Relación nominal firmada por la persona licitadora de todos los integrantes del Equipo redactor mínimo y la titulación exigida a los mismos, acreditándola mediante copia autenticada de las titulaciones académicas. • La experiencia de cada profesional deberá acreditarse mediante la aportación del oportuno certificado o informe emitido por la Administración Pública para la que haya sido prestado el servicio donde conste la identificación del profesional cuya experiencia se acredita, ya sea como persona física o jurídica, en cuyo caso deberá aportarse además documentación acreditativa de la relación entre la empresa y el referido profesional. De no poder aportarse este certificado, se podrá acreditar mediante una declaración responsable del profesional sobre los servicios prestados, debiendo en todo caso justificarse suficientemente al órgano de contratación la causa que motiva la imposibilidad de acreditarlo por otro medio. • En el supuesto de que el personal no se encuentre integrado en la empresa licitadora, compromiso de contratación suscrito por ambas partes de manera individualizada para formalizar la correspondiente relación laboral o mercantil, así como compromiso firmado por éstos en orden a su participación hasta el final de los trabajos. La entidad propuesta como adjudicataria deberá aportar al órgano de contratación, como requisito previo para la adjudicación, la documentación acreditativa de la relación laboral o mercantil de los miembros del Equipo redacto

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 71400000

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